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Es necesaria escritura notarial de aceptación de herencia para heredar participaciones en empresas?

4 Comentarios
 
Es necesaria escritura notarial de aceptación de herencia para heredar participaciones en empresas?
04/06/2009 09:36
Hola compañeros,
tengo que preparar una herencia, de un señor que únicamente tenía dinero en cuentas y participaciones en sociedades.
Me surge la duda de si la aceptación de herencia notarial solo es necesaria cuando existen bienes inscribibles en el Registro de la Propiedad: es decir bienes inmuebles, o si para las participaciones en una sociedad también es necesaria la aceptación de herencia. Lo digo porque si no fuera necesario redactaría solo una declaración privada de bienes, y así mis clientes se ahorrarían algo de dinero.
Muchas gracias.
perfil Vio
04/06/2009 13:12
iPor lo expuesto la ctuación sería como partidor contractual, con la conformidad de todos los herederos y legatarios, siendo aconsejabla a pesar de la conformiad, protocolizar la partición privada ante Notario. Salvo mejor criterio
04/06/2009 13:34
¿Pero por qué crees que es aconsejable? Lo digo porque realmente la esposa del fallecido es fiduciaria, con lo que puede decidir lo que va a hacer o no con la herencia y de momento tiene claro que no la va a repartir. (La herencia se rige por la legislación aragonesa), y ningún hijo se va oponer.
perfil Vio
04/06/2009 13:42
Mi consejo es para salvar responsabilidades del partidor contractual, y si hay un fideicomiso, razón de más. Pero los consejos solo son consejos...
04/06/2009 13:43
Gracias.