Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿es legal poner llave cuarto llaves de paso de agua en cada rellano?

40 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 40 comentarios
22/07/2015 14:15
Perfecto. Recibido estaba en correo no deseado. Mil gracias por su implicacacion desinteresadamente.
Donde se recogen esos articulos que me manda? para dejarselo clarito al administrador
22/07/2015 15:40
Pues en la LPH.
no todo viene ahi expuesto claramente, muchos son deducciones. Ejemplo
la ley no ddijce que le tengan que dar llave, pero tampoco dijce que no. Pero ssi dice quee cuaalquieer propietario tiene derecho a acceder a zonas comunes.
la ley sed interpreta.
22/07/2015 16:01
Perfecto todo clarisimo
22/07/2015 16:16
Ya lo que pasa que segun dicen ellos no se niega nunca el acceso. Pidiendo llave tengo acceso.
Lo que no es ni de medio recibo es que tenga que pedir llave.
Segun ellos no tengo que tener del cuarto del RITI ni del de GAS ni del AGUA etc
27/07/2015 05:29
Jalisco le he mandado un e.mail.

Saludos
27/07/2015 09:32
Lo normal es que tenga todas las llaves, obligacion no, la ley no lo obliga, otra cosa es que se las deje, ahi dira que no.
Usted en la reunion tiene que basar su argumento, que no se le puede negar el acceso cuando usted lo desee a una zona comun, de la que usted tiene una pequena parte.
ya le he indicado que lo que tiene que hacer es bajar todos los dias a las 11 de la noche, basandose que esta haciendo un estudio minucioso de su gasto diario de agua, porque entiende que le facturan mas de lo consumindo.
si se queja, ya sabe que tiene que contestar. Llave
27/07/2015 11:41
No me hablo con presidente por estas situaciones. Ahora mi idea es pillar en renuncio administrador para darle a entender que no se va reir de mi.

A darme llaves nynca se va negar.es mas estoy seguro al 100% q el presidente va bajar conmigo hasta los cuartos contadores para no darme llave.ya me lo insinuo una vez.
29/07/2015 06:42
buenas jalisco, te he mandado en e-mail perdona por tantas molestias.

Saludos.
29/07/2015 15:59
Las comunidades se rigen por la LPH Y CC, los dos son complementarios y no son excluyentes uno del otro.
lea en la LPH el art 7.1 9.1
30/07/2015 18:33
mire su e-mail
30/07/2015 23:32
Si.muchas gracias jalisco.
Pero la informacion que me pasas ¿se basa en algun articulo?
Estoy seguro al 100% que presidente me va decir ¿ donde pone eso?
30/07/2015 23:36
Ahhhh si. Perfecto voy a leer los articulos que me pones. Eres un crack muchisimas gracias
31/07/2015 00:15
Son sentencias como puede ver
ademas lo dice bien claro argumentando que se basan en la LPH
31/07/2015 12:21
si si perfecto, me estoy imprimiendo todo lo que me manda para llevarlo a la junta, mil gracias
17/09/2015 20:04
Buenas jalisco,
Te lo pongo por aqui aunque ademas voy abrir un post nuevo haber que me cuentan.

El otro dia quisimos entre unos vecinos hacer una reunion para tratar un tema serio ya que la adminstradora no daba ninguna explicacion.
Para lo cual pusimos un cartel en el ascensor y otro en la puerta de entrada que decia mas o menos esto.

Reunion de vecinos para el dia..... a las............ para tratar tema..............

Bueno pues la administradora a echo quitar esos carteles por que dice que la reunion es ilegal.

mi pregunta es.

¿no nos podemos reunir los vecinos cuando queramos y donde queramos?

¿por que es ilegal si nosotros no queriamos que constase nada en acta?.

Saludos
17/09/2015 20:22
Por supuesto que pueden reunirse (informalmente desde el punto de vista de la comunidad) cuando lo deseen.
Si la administradora no quiere entender algo tan sencillo, malo. Plánteense quitarsela de enmedio.
17/09/2015 20:41
Pues eso mismo pienso yo.
No se donde podra en que ley que no podemos poner un cartel para reunirnos entre nosotros y tratar los temas que queramos.

Si alguien conoce alguna ley que lo ponga que nos avise por favor.
Gracias
04/06/2016 10:35
buenas, retomo este hilo, aunque sea antiguo (voy leyendo posts antiguos para evitar abrir uno nuevo en caso de que mis dudas ya hayan sido contestadas a otros consultantes) con la siguiente duda:
las respuestas a la consulta planteada sobre llaves a cuartos de contadores serían igual de válidas si la llave en cuestión (guardada por la administradora en un bunker subterráneo por lo que parece ya que ni los presidentes tienen acceso a ella) pertenece a unos tablones de anuncios (pagados por los propietarios) y colocados en zona común?
es decir, hay unos tablones muy monos y profesionales, encargados por la administradora en su día, pagado como parte del presupuesto que presentó para el año siguiente, costarón la mitad más por supuesto pero ahi están. Dichos tablones se utilizan para publicar las convocatorias de las reuniones (que allí se quedan meses y meses junto con datos susceptibles - otro problema distinto), y la única que tiene llave es la administradora....incluso tengo entendido que algún propietario ha pedido llave para colocar una especia de anuncio (tipo: vendo coche o similar, ya no me acuerdo) y se le ha negado la llave alegando que son los tablones de la comunidad y que nadie excepto ellos (los administradores) están facultados para UTILIZARLOS, ni siquiera los presidentes. Aparte de que al igual que imagino que ocurre en otras comunidades con administradores similares (evito calificativos) las llaves de cuartos de telecomunicaciones, contadores de agua etc etc son celosamente guardados por ella........
esto supone que: si lo pides por la buenas e intentando hacer las cosas bien....te lo "presta" (tienes que ir a su oficina y rezar que haya alguien) bajo firma de un documento donde consta que te llevas la llave y en algun caso incluso ha pedido que se deje a cambio el DNI (físico, no el nombre....ya sabemos que es del todo ilegal), y si algún empleado de alguna empresa de mantenimiento necesita llaves, idem de lo mismo......
Resultado: aquellos que han pedido llaves en alguna ocasión, y a la vista del lío para conseguirlas, lo que han hecho es hacer copias de las mismas y devolverle la llave prestada....esto supone que algunos SI tienen llaves y otros no......
sin embargo la llave de los tablones no se la presta a NADIE!

como veis este tema....pues igual por tratarse de un tablón no se considera "zona común".....
agradezco opiniones
gracias
04/06/2016 12:25
anaell

en mi opinion la administradora hace bien respecto al tablon de anuncios.

Me explico: la Comunidad es responsable de lo que se "publique" ahi y se supone que es para convocatorias o notificaciones de la comunidad.

El hecho de que se cierren con llave evita problemas del tipo que alguien a quien no le gusta la fecha u otra cosa de una convocatoria haga desaparecer el papel o lo modifique o que se escriban insultos en el.

Poner anuncios privados ahi y sin supervision puede ser arriesgado para la comunidad (imagine usted que alguien coloca un anuncio de un prostibulo por ejem, nadie sabe quien ha sido porque todos tienen llave pero la responsabilidad de que este ahi es de la comunidad)

Tal vez su administradora peca de exceso de celo al no dar copia al presidente pero por lo demas es correcto.

Respecto a las otras llaves no sabria decirle.....
04/06/2016 23:09
Para el resto de llaves...mas de lo mismo.