Hace varios años mis padres donaron varias finacas rusticas y algun terreno entre sus 5 hijos. Se hicieron 5 lotes y para compensarlos unos tenian asignacion economica y otros no ( indicada en el documento privado). Estos lotes los firmaron todos los hermanos y mis padres y se hizo escritura publica , que fue inscrita con el nº8 en el Registro.
En esa misma fecha hicieron la donación de un local de garaje, y se decidió en un documento el valor de este local, y que este seria para los hijos que tuviesen piso en esa finca, abonando al resto de hermanos la cantidad que le correspondia, y una parte de este local se la reservaban ellos porque tambien tienen piso en ese bloque. Con el dinero que le fué asignado ( también pagado por mis padres) a varios lotes y que existe el extracto donde fué cargado y los talones se pago al resto de hermanos.
Para evitar todo este problema de divisiones se hizo como compra-venta y fué registrada con los numeros 9 y 10, el mismo dia. Ahora una de las cuñadas dice que es una compra venta ganancial. ¿ tiene razón?
Al ser una venta, si el matrimonio estaba en situación de gananciales, es una venta, aunque en realidad hubiese sido una donación, pero escriturado legalmente es una venta.
HOla j.manuel. En la consulta no explicas si la cuñada que plantea la controversia estaba casada con tu hermano con anterioridad a la firma. No obstante lo anterior, tal como lo planteas parece que en efecto tu cuñada tiene razón, siempre y cuando estuvieran ya casados cuando tu hermano efectuó la adquisición.
Saludos
En Cataluña, si no se ha dispuesto en capítulos matrimoniales otra cosa, rige la separación de bienes en el matrimonio (Compilación, art. 7). Es decir, pese a ser una venta sería sólo de quien ha comprado la finca y no de ambos cónyuges.