Por sí mismo, como hecho aislado, sí, está despenalizado.
Para poder encontrar amparo en sede penal, el libramiento de dicho cheque ha de formar parte de una trama defraudatoria; ha de acreditarse o, como mínimo, inferirse, un dolo en el librador, un engaño, que ha desplegado una puesta en escena tendente a ganarse la confianza de la víctima, aparentando una solvencia de la que se carece y que se conoce no se va a tener prontamente.
Es decir: ha de probar que el librador del cheque no poseía ya fondos antes de contartar con usted; que, aun sabiendo que iba a seguir careciendo de ellos en un futuro, le hizo creer a usted que era persona de solvencia. Que usted, confiado ante tal despliegue, contrató con él (lo cual no habría hecho si hubiere conocido que era insolvente), y que todo ello el librador lo llevó a cabo con un ánimo de lucrarse, con el consiguiente perjuicio patrimonial que el negocio le ha causado a usted, que ha entregado un bien sin recibir la correlativa contraprestación a cambio.
La cantidad consignada en el pagaré que luego resultó impagada por no existir fondos en la cuenta bancaria correspondiente, asciende a los 10.000 euros.
Pero hay quien dice que el cheque o el pagaré sin fondos se despenalizó hace años ¿es cierto?
Hola Basti:
Está claro que es un delito tipificado en el art. 249 y 250.3 del C.P. con pena de prisión y multa, pero va a depender de la cantidad defraudada, para que no sea una falta. Y puedes pedir responsabilidad civil en la denuncia o en la ratificación de la misma. Saludos
Se considera delito el hecho de haberle entregado a alguien un pagaré o un cheque sin fondos.
Se que puedo reclamar por la vía civil, a traves de un proceso cambiario, pero ¿puedo ejercitar acciones penales? o es mejor irse directamente a la vía civil.