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Entrega vivienda entidad bancaria

1 Comentarios
 
25/08/2009 13:36
Pues yo tampoco lo veo claro. He realizado decenas de reposesiones con varios bancos y en todos los casos se trató de dación en pago, no de compraventa a un tercero.
Así de pronto no veo ningún problema legal, pero como es un sistema nuevo para mí, marco este tema a ver qué tienen que decir los demás...
Entrega vivienda entidad bancaria
25/08/2009 11:46
Ante la imposibilidad de erfectuar el pago de las cuotas de hipoteca la entidad bancaria (caixa Cataluña) propone que se queda con la vivienda pero el documento a firmar en la notaria me parece algo extraño. Espero que alguien con mas experiencia en el tema me pueda dar su opinión este es el documento:

COMPRAVENTA

En …………….., a ………….

Ante mí,

COMPARECEN

De una parte, como vendedora:

DOn *****, titulares de D.N.I.-N.I.F. número

De otra parte, como compradora:


D …………………………., titular de D.N.I.-N.I.F. número

JUICIO DE CAPACIDAD

Tienen a mi juicio capacidad suficiente para el otorgamiento de la presente escritura de compraventa.


IDENTIFICACION

Identifico a los comparecientes por sus reseñados documentos.

INTERVIENEN

Don ******en su propio nombre y derecho.
y
D. ………., en nombre y representación, como MANDATARIO VERBAL de la Compañía Mercantil "GESCAT VIVIENDAS EN COMERCIALIZACIÓN, S.L.". Sociedad Unipersonal, de nacionalidad española y duración indefinida, tiene su domicilio social en Barcelona Paseo de Gracia 49, 08007. Constituída, con duración indefinida, en virtud de escritura autorizada por el Notario de Barcelona, Don *****, el día 5 de Diciembre de 2.008, con el número ***de protocolo. Consta inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al Tomo *****
C.I.F. número *****.

(Advertencias sobre el mandato verbal)

EXPONEN

I.- FINCA OBJETO DE ESTA ESCRITURA.-

Que ***** son dueños de la siguiente finca:

URBANA. Entidad número**** BARCELONA, calle ***

COEFICIENTE: 2,85%

TITULO: ………………….

INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la Propiedad número 10 *************

CARGAS: Las que resultan de la nota simple informativa que se incorpora, y de las que yo el Notario informo expresamente.

ARRENDAMIENTOS
Libre de arrendatarios y de ocupantes, según manifiestan.

GASTOS DE COMUNIDAD
La parte transmitente declara que está al corriente del pago de los gastos comunidad.
Ambas partes se remiten a lo que resulta del documento protocolizado como anexo, que consideran formalmente bastante, prescindiendo en su caso de otros requisitos legales. Ello no implica renuncia por el comprador a las acciones que le corresponderían de no ser exacta la información que resulta del documento incorporado.

CONSENTIMIENTOS ESPECIALES:

Vivienda habitual
No vivienda habitual

REFERENCIA CATASTRAL:

**************

II.- Con cuyos antecedentes,

OTORGAN

PRIMERO: COMPRAVENTA.- Don ***** venden a "GESCAT VIVIENDAS EN COMERCIALIZACIÓN, S.L."., quien compra y adquiere la finca antes descrita, transmitiéndose por esta escritura la propiedad de la misma.

SEGUNDO: PRECIO.- El precio total de esta venta es de 248.853,24 euros, por el que la parte vendedora otorga la más eficaz carta de pago.

Dicha cantidad se paga del siguiente modo:
La parte compradora retiene la totalidad del precio para hacer pago del saldo deudor de la hipoteca mencionada.

TERCERO: GASTOS.- Los gastos de esta compraventa son asumidos de la siguiente forma:

Parte compradora:
Todos los gastos, notariales, registrales y fiscales que se causen u originen por razón de la presente escritura, incluidos los de las copias que deban expedirse a efectos fiscales, así como los gastos de cancelación registral de la* hipoteca* que grava* la finca objeto de la presente.

Parte vendedora:
El impuesto del incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Las contribuciones, arbitrios e impuestos **y gastos de comunidad ordinarios y extraordinarios, acordados con anterioridad al día de hoy**, si los hubiere.


CUARTO: REGIMEN FISCAL:
La presente compraventa esta sujeta y no exenta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales al tipo legalmente establecido.


QUINTO: EVICCIÓN Y SANEAMIENTO:

La parte vendedora responde de evicción y saneamiento con arreglo a derecho. **No obstante, la finca objeto del presente contrato es vendida como cuerpo cierto, delimitado por los linderos que lo concretan y lo determinan; en consecuencia las partes contratantes renuncian desde ahora en lo menester a las acciones que pudieran corresponderles, en los casos en que hubiere diferencia en más o en menos, entre la realidad física y la superficie reseñada en la descripción de la finca.


SEXTO: ENTREGA DE LA POSESION:

Mediante el presente otorgamiento se entiende hecha la entrega de la posesión de lo vendido a favor de la parte compradora.


SÉPTIMO.- DECLARACIÓN.

La parte compradora declara conocer:
a) El estado físico y urbanístico de la finca.
b) El régimen que regula la Comunidad de propietarios del total edificio.