Ante la imposibilidad de erfectuar el pago de las cuotas de hipoteca la entidad bancaria (caixa Cataluña) propone que se queda con la vivienda pero el documento a firmar en la notaria me parece algo extraño. Espero que alguien con mas experiencia en el tema me pueda dar su opinión este es el documento:
COMPRAVENTA
En …………….., a ………….
Ante mí,
COMPARECEN
De una parte, como vendedora:
DOn *****, titulares de D.N.I.-N.I.F. número
De otra parte, como compradora:
D …………………………., titular de D.N.I.-N.I.F. número
JUICIO DE CAPACIDAD
Tienen a mi juicio capacidad suficiente para el otorgamiento de la presente escritura de compraventa.
IDENTIFICACION
Identifico a los comparecientes por sus reseñados documentos.
INTERVIENEN
Don ******en su propio nombre y derecho.
y
D. ………., en nombre y representación, como MANDATARIO VERBAL de la Compañía Mercantil "GESCAT VIVIENDAS EN COMERCIALIZACIÓN, S.L.". Sociedad Unipersonal, de nacionalidad española y duración indefinida, tiene su domicilio social en Barcelona Paseo de Gracia 49, 08007. Constituída, con duración indefinida, en virtud de escritura autorizada por el Notario de Barcelona, Don *****, el día 5 de Diciembre de 2.008, con el número ***de protocolo. Consta inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al Tomo *****
C.I.F. número *****.
(Advertencias sobre el mandato verbal)
EXPONEN
I.- FINCA OBJETO DE ESTA ESCRITURA.-
Que ***** son dueños de la siguiente finca:
URBANA. Entidad número**** BARCELONA, calle ***
COEFICIENTE: 2,85%
TITULO: ………………….
INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la Propiedad número 10 *************
CARGAS: Las que resultan de la nota simple informativa que se incorpora, y de las que yo el Notario informo expresamente.
ARRENDAMIENTOS
Libre de arrendatarios y de ocupantes, según manifiestan.
GASTOS DE COMUNIDAD
La parte transmitente declara que está al corriente del pago de los gastos comunidad.
Ambas partes se remiten a lo que resulta del documento protocolizado como anexo, que consideran formalmente bastante, prescindiendo en su caso de otros requisitos legales. Ello no implica renuncia por el comprador a las acciones que le corresponderían de no ser exacta la información que resulta del documento incorporado.
CONSENTIMIENTOS ESPECIALES:
Vivienda habitual
No vivienda habitual
REFERENCIA CATASTRAL:
**************
II.- Con cuyos antecedentes,
OTORGAN
PRIMERO: COMPRAVENTA.- Don ***** venden a "GESCAT VIVIENDAS EN COMERCIALIZACIÓN, S.L."., quien compra y adquiere la finca antes descrita, transmitiéndose por esta escritura la propiedad de la misma.
SEGUNDO: PRECIO.- El precio total de esta venta es de 248.853,24 euros, por el que la parte vendedora otorga la más eficaz carta de pago.
Dicha cantidad se paga del siguiente modo:
La parte compradora retiene la totalidad del precio para hacer pago del saldo deudor de la hipoteca mencionada.
TERCERO: GASTOS.- Los gastos de esta compraventa son asumidos de la siguiente forma:
Parte compradora:
Todos los gastos, notariales, registrales y fiscales que se causen u originen por razón de la presente escritura, incluidos los de las copias que deban expedirse a efectos fiscales, así como los gastos de cancelación registral de la* hipoteca* que grava* la finca objeto de la presente.
Parte vendedora:
El impuesto del incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Las contribuciones, arbitrios e impuestos **y gastos de comunidad ordinarios y extraordinarios, acordados con anterioridad al día de hoy**, si los hubiere.
CUARTO: REGIMEN FISCAL:
La presente compraventa esta sujeta y no exenta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales al tipo legalmente establecido.
QUINTO: EVICCIÓN Y SANEAMIENTO:
La parte vendedora responde de evicción y saneamiento con arreglo a derecho. **No obstante, la finca objeto del presente contrato es vendida como cuerpo cierto, delimitado por los linderos que lo concretan y lo determinan; en consecuencia las partes contratantes renuncian desde ahora en lo menester a las acciones que pudieran corresponderles, en los casos en que hubiere diferencia en más o en menos, entre la realidad física y la superficie reseñada en la descripción de la finca.
SEXTO: ENTREGA DE LA POSESION:
Mediante el presente otorgamiento se entiende hecha la entrega de la posesión de lo vendido a favor de la parte compradora.
SÉPTIMO.- DECLARACIÓN.
La parte compradora declara conocer:
a) El estado físico y urbanístico de la finca.
b) El régimen que regula la Comunidad de propietarios del total edificio.
Pues yo tampoco lo veo claro. He realizado decenas de reposesiones con varios bancos y en todos los casos se trató de dación en pago, no de compraventa a un tercero.
Así de pronto no veo ningún problema legal, pero como es un sistema nuevo para mí, marco este tema a ver qué tienen que decir los demás...