Para que un agente judicial entregue una notificación por monitoreo en domicilio, hay un número de intentos máximo y si no se entrega al deudor, se notifica por edictos? O hay un número de intentos ilimitados para entregar dicha notificación al deudor.
La L.E.Civil no establece un número determinado de intentos para entregar la demanda y el correspondiente requerimiento al demandado. Si este último tiene su residencia en domicilio conocido, el Funcionario deberá llevar a cabo el acto de comunicación y levantar la correspondiente diligencia con su resultado; en virtud de ello deberás solicitar al Juzgado lo que creas conveniente. En los Monitorios, al tratarse de procedimientos "especiales", no es conveniente la publicación de Edictos.