Coincido con china en lo que acaba de exponer. Para que el bien sea privativo totalmente (aunque sea el domicilio familiar) tiene que haber estado pagado todo con dinero privativo, antes o durante el matrimonio.
En lo que te dice china. Imaginate que compraste el piso por 10 millones. Pagas 5 antes de casarte con dinero tuyo, y pagas 5 durante el matrimonio con dinero ganancial el resto (imagina que sacas esos 5 restantes de la cuenta común de ahorro que es ganancial). A la hora de repartir, el 50% del piso es tuyo, y del otro 50% que es ganancial, la mitad será de cada uno (el 25%),. Es decir, que puede corresponderte un 75% (50% 25%) del piso a ti, y el restante 25% a ella, pero en ese caso, necesitas su consentimiento para vender.
Así que habrá que comprobar primero que tu piso es privativo.
Un saludo.
Pero...si ella solicita que el piso se le atribuya a ella en la reparticion de bienes...Esa regla que me habeis comentado de que seria ganancial, se aplica siempre que ha habido algun tipo de pago ganancial.
Os explico el tema del piso muy detallado porque de verdad que me he quedado bastante "tirado" con todo esto:
Precio del piso: 36.000 Euros, comprado en el año 1996 por mi.
Me case en el 1999 y me separe en 2005.
Aun quedan de pagar de la hipoteca unos 20.000 a dia de hoy, osea que de 11 años que tiene el piso, yo he pagado solo casi 5 años, y con ella 6 años.
El dinero durante el tiempo que estuvimos casados salia de la cuenta donde yo ingresaba mi nomina, pero ella tambien estaba de titular. (Ella ingresaba su nomina en otra cuenta y yo tambien estaba de titular)
Asi que si alguien por favor me aclara un poco las posibilidades que tengo de que encimia piuerda mi piso o parte de él, os lo agradeceria.
Volvemos a la discusión de siempre. Yo entiendo en contra del criterio de algunas audiencias provinciales, que un piso que se paga con un préstamo hipotecario no es un bien comprado a plazos como pudiera ser por ejemplo un coche o un frigorífico o un TV financiados. Para comprar el piso, el banco te adelanta la totalidad del dinero que es la que tú entregas al vendedor a la firma de la escritura, y suscribes el préstamo, ese dinero lo vas devolviendo poco a poco al banco con unos intereses. Por tanto, sea domicilio conyugal o no, el piso es privativo. Cosa distinta es la hipoteca. En el caso de xani se deberá considerar ganancial la parte de la hipoteca pagada desde fecha de matrimonio hasta la de la sentencia de separación o divorcio. De ese dinero (sin contar los intereses, que se consumen) que se ha pagado como principal, deberá reintegrarse actualizado a la otra parte en la parte que le corresponda al liquidar, el 50%. El dinero de las nóminas de ambos es ganancial si no han hecho separación de bienes. En este caso, entiendo que no es de aplicación el artículo 1.354 CC.
Si por el contrario durante el matrimonio se vende el piso privativo y se compra otro parte con ese dinero y parte con dinero ganancial procedente del préstamo hipotecario que reciben del banco, entonces, si es de aplicación el 1.354 CC como apunta china. También si se da una entrada con dinero privativo de uno de ellos, pero la escritura y el resto del precio se paga tras contraer matrimonio será de aplicación el citado artículo.
En su caso, entiendo que el bien es privativo y que puede venderlo sin su consentimiento, si bien cuando liquide los gananciales, le tocará entregar la parte que a ella le corresponda actualizada de la parte del principal de la hipoteca (sin los intereses porque se consumen) que hayan pagado con dinero ganancial (ambas o cualquiera de las dos nóminas). Salvo mejor criterio jurídico.
Un saludo.
Deberias guardar en un fichero esta intervencion tuya, para proximas consultas que sistematicamente se plantean en el foro. Acertadisimo criterio. Gracias por participar.
Un saludo
Gracias, eso de que tendria que darle su parte proporcional a lo pagado por ella mas la "subida", lo tenia claro, pero me habia asustado un poco, un poco no, mucho, al pensar en que mi piso dejaba de ser privativo.
Pero...como sé cual es la subida que corresponde?¿Donde puedo mirar eso?
Xani, eso se lo calculará su abogado, no se preocupe. Entiendo que se actualiza según el interés legal del dinero salvo que se pacte otra cosa de mutuo acuerdo.
Gracias, ferro, pero no las guardo, la verdad.