¿Puede un Juzgado de Paz enjuiciar a un alcalde por una falta de amenazas?. ¿Sería la competencia del Juzgado de Instrucción por tratarse de autoridad y ser acusado de la falta cuando estaba ejerciendo sus funciones?
Sí puede. La competencia para enjuiciar esas faltas será del Juzgado de Paz o del de Instrución, en función, no de la condición de autoridad del alcalde, sino del tipo de falta de que se trate (Art. 14 LECrim).