Buenas a todos, en el 2016 presenté burofax reclamando el importe de la cantidad adeudada derivada de un contrato de alquiler de local de negocio, procediendo el inquilino a los dos días a pagar la cantidad que se debía, ahora estoy en la misma situación y voy a interponer demanda de desahucio y reclamación de rentas, se entiende ya enervada la acción por el requerimiento fehaciente que le envíe al inquilino en el año 2016???
No.
La enervación sólo puede tener lugar en sede judicial, es decir, que hace falta que el inquilino reciba la demanda y se presente en el Juzgado para pagar la renta reclamada. Entonces y sólo entonces se estima que hay enervación.