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Enervación, contrato de alquiler de local.

1 Comentarios
 
28/05/2018 22:38
3578
No.
La enervación sólo puede tener lugar en sede judicial, es decir, que hace falta que el inquilino reciba la demanda y se presente en el Juzgado para pagar la renta reclamada. Entonces y sólo entonces se estima que hay enervación.
Enervación, contrato de alquiler de local.
28/05/2018 19:32
Buenas a todos, en el 2016 presenté burofax reclamando el importe de la cantidad adeudada derivada de un contrato de alquiler de local de negocio, procediendo el inquilino a los dos días a pagar la cantidad que se debía, ahora estoy en la misma situación y voy a interponer demanda de desahucio y reclamación de rentas, se entiende ya enervada la acción por el requerimiento fehaciente que le envíe al inquilino en el año 2016???

Gracias