Esto pregúntalo en derecho tributario, que es un tema puramente fiscal, no de derecho hereditario.
Pero vamos, tendréis que tributar por lo que heredéis, esto es, la nuda propiedad de todos esos bienes (de la mitad de ellos, según se asigne en la liquidación de gananciales, que entiendo que tendrían). Tu madre tendrá que tributar por el usufructo. Cuando fallezca ella tendréis que tributar por su mitad, y por la consolidación del usufructo.
En el testamento ha puesto a mi madre como usufructuaria vitalicia de todo
Mi padre falleció hace menos de dos meses. En el testamento ha puesto a mi madre como usufructuaria vitalicia de todo y mis 3 hermanos y yo como herederos.
Tienen tres pisos (2 en Alcalá de Henares-Madrid y 1 en Torrevieja-Alicante) y lo que tengan en el banco.
Mi consulta es, que hay que pagar???
Hay que cambiar de nombre los inmuebles y registrarlos ahora? Pagar impuesto de sucesiones y donaciones? Plusvalía?...o hasta que no fallece mi madre no se cambia de nombre ni se paga impuestos?
Y, ¿Cuánto dinero son los impuestos y los gastos?
Y, que beneficios hay en dejar el testamento así? (Con mi madre de usufructuaria)