Exactamente. Cuando la retribución es por horas, en el precio-hora van todos los conceptos incluidos, incluso las vacaciones. Ello no significa que el trabajador no tenga derecho a vacaciones, sino que cuando este no va a trabajar porque está de vacaciones, no cobra.
La cotización se debe realizar en todo caso. Por ello, a la hora de informar a la Seguridad Social, y no cotizar de más usted debe calcular lo que va a pagar a su trabajador (teniendo en cuenta que hay al menos 30 días naturales que no va a acudir a trabajar por vacaciones) y ello dividirlo entre 12.
Es decir, haciendo un cálculo un poco "tosco", pero para ejemplo sirve, usted le va a pagar 11 meses. Ese resultado lo divide entre 12. Ese será el salario a efectos de seguridad social, de donde se obtendrá la base de cotización y por lo tanto, la cuota.
Si doy de alta a un empleado de hogar por horas (1h jueves 1,:15 viernes) y estas horas incluyen extras y vacaciones y el trabajador en agosto se marcha de vacaciones un mes, entiendo que ese mes no hay que pagárselo pero si cotizar ¿alguien me lo puede aclarar?