ferro57 es cierto que está embargada la cuenta por error pues en sentencia solo se me embargaba la pensión compensatoria, nunca la pensión alimenticia, la modiifcación de medidas esta en curso, pero hasta que no salga la sentencia no cambiara nada, un jurista me ha aconsejado que cambia la cta. donde percibo la pensión de alimentos de mi hijo de 16 años, yo estoy en el paro y ayudada por familiares para poder susistir mi hijo y yo, tengo una edad que es dificil encontrar un empleo y si me sale algo es por temporadas cortas y mal pagado, de todo esto tienen conocimiento, pero hasta que no salga la sentencia... gracias por darme esa información, lo malo de todo esto es que dependo de abogados de oficio y no todos estan por la labor, efectivamente me va muy mal en la vida espero que esten contentas por eso las personas que me han juzgado por lo menos he hecho feliz a alguien, el juez jamás me ha embargado la pensión de mi hijo, solo entiendo de todo esto que no han sabido especificar al banco la clase de embargo que tenian que hacer.
Ya he hecho el escrito al juzgado y avisado al padre para que haga el ingreso a dicha cuenta. Por cierto, yo no tengo nada absolutamente nada no vivo en el domicilio famiar no tengo ningun bien material estoy en la más absoluta pobreza y desamparo, quizás cometa algunas faltas de ortográfia pero no he faltado a nadie como se dice ahi arriba, solo he dicho que me contestara un jurista las opiniones gratuitas me sobran pues no me ayudan a resolver la penosa situación que me veo embuelta.
Un saludo
Tengo u n caso curiosisimo donde la leteda cobra su minuta embargando la pension de alimentos del menor. Esa la guardo por simple curiosidad pq hay reiterados casos.
Cualquier tiutulo suceptible de ser usado para cubrir tal obligacion debe ser usado por el tribunal sin limitaciones en razon de la persona titular obligada a su pago. Asi se embarga derechos de paro, pensiones etc sin que juegue el limite minimo personal referido al SMI.
El caso que se nos ha descrito se nos dice que que "de facto" esta embargado. Tendra pues que sustentar accion en la que debera demostrar su "mejor" derecho para que cancele dicha accion e incluso se retrotraiga.
Personalmente entiendo que es dificil sustentarlo con suficientes posibilidades REALES de obtenerlo.
Además opino que no solo le embargarán la cuenta a la señora, sino que quedará mas asombrada cuando tenga que "ir a la cárcel por impago". Ponerse al día le iría bien, y si no está de acuerdo, solicitar modificación de medidas como muy bien ha dicho maryam. Pero, tampoco le iría mal que su actitud insultante y prepotente tuviera sus consecuencias justas.
Asombrada, lo que quiero decir es que el juez te ha embargado la cuenta, para asegurar que tu hijo mayor recibe su pension. Porque el tambien tiene derecho segun las leyes a recibir esa pension.
Y si que le faltas al respeto a la gente cuando dices "si alguien me quiere contesta por favor que sea un jurista no un ignorante".
Hay personas en este foro (no me incluyo) que saben mucho sobre estos temas sin ser juristas, simplemente por experiencias propias y porque llevan mucho tiempo debatiendo estos temas. Y repito: te dará su opinión quien quiera hacerlo, te guste o no.
De nuevo vuelves a faltar al respeto, adjetivando mi opinión de "indocta y pusilamine". A ver si aprendemos a escribir.
Además "excatológico" tampoco se escribe así. Es patético que te dediques a faltar el respeto a los demás de esa manera.
Mi opinion aunque no la quieras y no te guste: No reinterpretes lo que ha dicho Maryam. Ella no dice que sea legal embargar la pension de alimentos de un menor. A ver si te queda claro: lo que te han embargado es la cuenta.
Deja de darle vueltas y busca otro tipo de soluciones.
Que quieres decir que uno tiene derecho a comer y otro no? me parece que no me has leido bien, yo he dicho que me han embargado la cuenta donde percibia las pensiones, ahora solo percibo una pensión para mi hijo de alimentos no la COMPENSATORIA que es la que estaba embargada, ACLARACION, no he faltado el respeto a nadie en absoluto a nadie, solo he pedido la opinión legal de un jurista las demas opioniones a mi me sobran, y tengo tanto derecho a estar en este foro como cualquiera, entiendo que hay libertad de expresión y la aplaudo, pero yo no he pedido la opinión de una persona que no es docto en leyes, solo he pedido que alguien me de una jurisprundencia donde se embarga la pensión a un menor.
Y si te molesta ya sabes no contestes te guardas tu opinión indocta...y pusilamine, y digo esos adjetivos porque veo que no me aclaras nada.
ferro57 no se quien eres ni me importa, pero tu explicación desde luego no es la de un jurista, si alguien me quiere contesta por favor que sea un jurista no un ignorante
Hace tiempo que no entro en este foro, pero queria consultar algo que me esta ocurriendo y aun no me lo puedo creer.
En mi sentencia de separación se me concedia una pensión compensatoria limitada a dos años y una pensión por alimentos para mi hijo menor que vive conmigo. Tambien se me obligo a pasar una pensión de aliementos a mi hijo el mayor, aun sabiendo que estaba sin empleo, mi hijo el mayor tiene ya 19 años y el pequeño acaba de cumplir 16, que es el que vive conmigo. el juez me embargo la cuenta donde percibia mi pensión compensatoria, ya que yo no tenia ningun ingreso, ahora ya no percibo esa pensión pero el juez sigue estimando que tengo que pasar una pensión de alimentos a mi hijo el mayor, y me estan embargando la cuenta donde percibo unicamente la pensión de alimentos de mi hijo, total que solo percibo la mitad de la pensión de alimentos. ¿ESTO ES LEGAL?