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Embargo de derecho hereditario

16 Comentarios
 
Embargo de derecho hereditario
08/08/2012 16:52
Mi ex pareja y yo firmamos una poliza de credito solidaria, dejamos la relación y el se desentendió de los pagos. El banco no acepta dividir el credito por mitad, por lo que me indican k la unica forma de solucionarlo es asumiendolo yo en su totalidad. Para ello, me exigen una garantia real...lamentablemente mi padre falleció unos meses antes y el unico bien que hay es la casa d mi padre. Hablo cn mi hermano (otro heredero al 50%) y acepta firmar en el prestamo como hipotecante no deudor. No hay nada firmado aun relativo a la herencia (decl herederos y herencia) xq si no me dan el prestamo podrian quitarme mi 50% de la casa. Segun m han comentado, con todos los datos d q disponen, si no m dan el pto aun no habiendo firmado nada relativo a la herencia podrian embargarme mi derecho hereditario. Mi pregunta es....en este momento donde no se si me van a conceder el prestamo como puedo hacer para proteger mi 50% de la casa y no incurrir en un delito en fraude de acreedores (donacion o renunciar a mi parte d la herencia en favor de mi hermano) ¿¿¿existe alguna otra solucion valida jcamente para q no puedan embargarme mi derecho hereditario en el caso de que finalmente no m den el prestamo??? Estoy muy angustiada con este tema...no m deja vivir...por favor ayudaaaa!! Gracias
08/08/2012 20:11
Dada la complejidad del asunto consulte con un Abogado a ser posible especializado en Herencias, y en temas concernientes a la Ley Hipotecaria.

Saludos
09/08/2012 10:09
Si eres deudora, a través del correspondiente procedimiento, pueden embargarte tus bienes.
Si eres heredera de algo y no has aceptado la herencia (otro tema es Hacienda) no eres propietaria de ese algo y por lo tanto no se puede embargar.
No obstante, si, por los motivos que sean (exigencia del otro coheredero, necesidades, actuación de Hacienda, etc) repudias la herencia en perjuicio de tus propios acreedores, podrán éstos pedir al Juez que los autorice para aceptarla en tu nombre (pero ésto no suele ser habitual, dado que es difícil que sepan que eres heredera).
09/08/2012 10:30
Buenos días, en primer lugar gracias por contestar. Tripoli, el problema es que el banco si sabe que soy heredera al 50% de ese piso (puesto que para tramitarme el prestamo necesitaban los datos y ellos me condicionan a q sean ellos quienes tramiten la inscripcion de la herencia). Mi intención es q m den el prestamo y pagarlo como pueda, pero lo k no m parece justo es q sin haber firmado nada relativo a la herencia, si ellos ahora me dicen k mi prestamo no es viable y no m lo dan, puedan embargarme mi derecho hereditario sobre la casa....ante esa situación ¿podría vender mi parte? Creo q hay agencias que la compran...
Legalmente ¿ que se exige para que esa venta sea considerada como en fraude de acreedores? Porque si mi hermsno y yo ahora decidieramos vender la vivienda no sería nada descabellado....se podria considerar eso en fraude d acreedores? Por nada del mundo quiero perder lo unico k tngo de mi padre...
09/08/2012 14:06
Releo nuevamente tu primer post, y me surgen dudas, dado que parece que el Banco te está proponiendo concederte otro préstamo con garantía hipotecaria, y mejores condiciones (se supone), y así cerrar el anterior. ¿Puedes pagar las mensualidades del préstamo tú sola?. ¿Puede prestarte tu hermano la totalidad del mismo y proceder a su liquidación?. Además, debes tener en cuenta que al ser un préstamo solidario, el 50% de lo que abones podrás repecutirlo en el otro deudor.
09/08/2012 14:56
Le explico: Efectivamente, yo quería solucionar este tema, pero el banco no me ofrecía una solución a mi si mi ex pareja no aparecía para asumir el resto, o para cancelarlo o para renovarlo, por lo que tras un año con la póliza de crédito vencida y visto que mi ex pareja estaba "desaparecido" (cambió de domicilio y de teléfono) y no tenía ninguna intención de aparecer para asumir "su mitad", me dijo que si lo quería solucionar, la única solución posible era que yo lo asumiera en su totalidad y luego demandarle a el por la mitad. Puesto que la póliza de crédito era de bastante dinero, era imposible plantear un préstamo personal y la única opción era hacer un préstamo hipotecario. Como indiqué en el primer post, mi padre había fallecido unos meses atras y la unica opción para solucionar este problema era poner como garantía la vivienda de mi padre...para ello, mi hermano y yo tenemos que tramitar decl. herederos y herencia, cosa que no hemos podido hacer aún por motivos personales. Por lo q respecta a lo que me pregunta de si mi hermano me puede prestar ese dinero, no puede...lógicamente si alguien de mi familia pudiera ayudarme no tendría este problema. Quiero decir q yo actué con el banco en todo momento de buena fe para no ser deudora y solucionarlo porque es bastante injusto que después de pagarlo yo sóla hasta la fecha del vencimiento, no lo pueda solucionar de ninguna forma porque esta persona no aparezca ante el banco...el caso es que después de darle muchas vueltas, decidí asumirlo yo para no tener que vivir como una morosa (con todos mis respetos a los que no puedan pagar), y como bien dices, luego demandar a mi ex pareja reclamándole el 50% de esa cantidad...otra cosa es q llegue a cobrarlo algún día. Lo que más me preocupa es el tema que comentaba anteriormente: según tengo entendido, si finalmente no me dieran el préstamo, con los datos que disponen sobre la herencia, podrían iniciar un procedimiento para embargar mi derecho hereditario. Mi duda es, en ese caso, ¿¿de que forma podría salvar mi 50% de la casa sin incurrir en un delito?? (fraude de acreedores). Gracias.
09/08/2012 20:21
Bueno, según entiendo usted y su ex pareja firmaron una póliza con un banco, ahora su ex ha dejado de pagar

¿si usted también deja de pagar? ¿Qué ocurriría?

El banco se dirigirá contra todos los bienes tanto de usted como los de su ex pareja.

Usted dice que únicamente tiene el 50% de una vivienda que le han dejado sus padres al fallecimiento junto con el 50% de su hermano, y la pregunta clave

¿Puede el banco embargar su 50%?

Mientras que usted y su hermano no formalicen la escritura de herencia y al inscriban en el Registro de la Propiedad, el banco no puede embargar nada, ya que usted no aparece en el Registro como titular de ese bien.

Para que el banco pueda embargar tendría que solicitar del Juzgado, en calidad de acreedor, la liquidación y división de la herencia, su inscripción en el Registro y proceder al embargo, lo cual, le puedo asegurar que eso no lo va hacer el banco, por algunos motivos legales que no vienen al caso de explicar.

Si usted quiere tranquilizarse y asegurarse de que el banco no le va a embargar, puede hacer ante notario la liquidación de herencia de sus padres adjudicando a su hermano la vivienda y usted el metálico que tenía su padre guardado en el calcetín, o bien, como el bien es indivisible su hermano se adjudica la vivienda a cambio de que el mismo le abone en metálico el cincuenta por ciento de su valor. (claro eso sería fictici)

Ninguno de estos supuestos presupone alzamiento de bienes y son perfectamente legales.

Pero, pero, todo tiene su “pero”, y es que usted se va a quedar sin su 50% de la vivienda, salvo que su hermano sea un verdadero hermano y siempre considere que la mitad de la vivienda sea de su propiedad a pesar de que aparezca escriturada a su nombre. ¡y ya esta!

09/08/2012 20:25
Cuando digo que sería ficticio me refiero al dinero no a la escritura de herencia (se entiende verdad)
10/08/2012 17:23
Buenas tardes,

Iura, si entiendo jeje gracias!.

Me surgen unas dudas:

1. Supongo que firmar la declaración de herederos sin firmar la escritura de herencia no compromete a nada, no? me refiero...no figurará inscrito en ningún registro que vamos a heredar una vivienda, ni exime que mi hermano y yo podamos realizar lo que usted me comenta en el supuesto caso de que no me concedan el préstamo...es que lo más problable es que tenga q firmar ahora la declaración de herederos (puesto que en la nota figura una carga de otra entidad q está cancelada economicamente pero no registralmente, el caso es q el banco me pide un certificado de saldo cero y para solicitarlo, como es de otra entidad, al no estar mi padre, me solicitan la declaración de herederos para demostrar que soy heredera legal) Supone algún problema que firmemos la declaración de herederos?

Nuestra intención es : firmar ahora la decl de herederos y la herencia la firmaremos en el mismo acto de la firma del préstamo. De esta forma, si no me concedieran el préstamo, entiendo que en ese momento podremos hacer lo que Ud me comenta.

2. En el caso de que tuviera que utilizar esta opción ¿cómo se hace? en notaría digo que mi hermano me ha entregado ese dinero? o ellos saben que es ficticio? ¿Tiene alguna consecuencia para mi hermano o para mi de cara a Hacienda? ¿Se podría firmar aparte un documento privado entre mi hermano y yo donde se llegue a un acuerdo de que, a pesar de que vaya a su nombre registralmente, si se vende o alquila la casa la mitad me corresponde a mi? ¿eso se firmaría también en notaría? Pffffff perdone mi ignorancia, pero no tengo ni idea de como se hacen estas cosas...

3. Si finalmente tuviéramos que hacerlo así, ¿¿el banco no podría anular esa adjudicación a mi hermano a cambio de precio (ficticio, claro está) considerando que está hecho en fraude de acreedores?? Desconozco los motivos por los cuales considera que el banco no lo hará, pero supongo que una de ellas es porque sólo podrían embargar el 50% de la casa y no se hasta q punto les interesa....Aunque hayan pocas posibilidades, que pasaría con mi hermano? el vive en la casa...yo no.

Muchiiisimas gracias por ayudarme, de verdad. :)
10/08/2012 20:07
Contesto a sus dudas


Supone algún problema que firmemos la declaración de herederos? No


Si no me concedieran el préstamo, entiendo que en ese momento podremos hacer lo
que Ud me comenta. Si


En el caso de que tuviera que utilizar esta opción ¿cómo se hace? en notaría
digo que mi hermano me ha entregado ese dinero? o ellos saben que es ficticio?. En Notaria saben como se hace, puesto que es la única forma de repartir un bien indivisible. Únicamente decirle que ya ha recibido el dinero de su hermano y solo hacer constar el importe mínimo de transmisión del 50%. En notaria se lo dirán.

Se podría firmar aparte un documento privado entre mi hermano y yo donde se
llegue a un acuerdo de que, a pesar de que vaya a su nombre registralmente, si
se vende o alquila la casa la mitad me corresponde a mi? ¿eso se firmaría
también en notaría? Como poder, se puede hacer en documento privado una venta por la que usted recompra el 50% a su hermano. Esto no se hace en Notaria es solo un documento privado. Pero éste documento tiene sus inconvenientes ya que a la hora de hacerlo valer debe acudir al juzgado y puede ser declarado nulo por falta de precio. (es evidente, que lo de acudir a un juzgado es siempre que su hermano se oponga porque si esta de acuerdo no es necesario ningún documento)


Si finalmente tuviéramos que hacerlo así, ¿¿el banco no podría anular esa
adjudicación a mi hermano a cambio de precio. ….En derecho todo es posible, pero esto que me comenta es improbable, el Banco va directo a lo seguro y no se mete en problemas de herencia ni otras zarandajas, salvo que sean millonarias



Mi consejo es que se informe en la Notaria allí le darán cumplida respuesta a todas sus dudas.

10/08/2012 20:16
Oye GALLEGUIÑA ¡¡¡ Ya te vale guapiña, Iura se merece como mínimo un LACÓN por sus respuestas, estas consultas a cualquier abogado formuladas en su despacho te hubieren supuesto cuando menos un par de lacones y una ristra de chorizos gallegos..............

Y un OLÉ por Iura por su generosidad y paciencia.

Saludos cordiales
10/08/2012 21:23
Bueno, lo primero decirle a IURA que le agradezco todas sus contestaciones y por supuesto su paciencia para contestar a todas mis dudas...MUCHISIMAS GRACIAS!!

Lo segundo...a WOLFANG52...lo que haga falta!!! jajjaa


Gracias a todos!!



perfil ATT
23/12/2013 15:39
Hola! Pues yo no entiendo esa respuesta ,porque a mi me va a salir a subasta una vivienda ,que es de una herencia ,y,aun no esta aceptada,¿como puede ser?
23/12/2013 17:07
Puede practicarse anotación preventiva de derecho hereditario en garantía de alguna deuda que usted tenga.
a su disposición
navarroiuris@hotmail.es
abogado herencias
perfil ATT
23/12/2013 17:21
No ,la anotacion preventiva se hizo ,de la vivienda,que aunque heredo el 50% de mis padres ,aun no esta hecha la aceptacion de herencia.,y,hoy me llega carta del juzgado ,que se pide señalizacion de subasta.¿como van a subastar algo que no es mio aun?Despues de enviar ,recursos diciendo que solo tengo los derechos hereditarios,y,que no consta en el registro de propiedad.siguen adelante,solo dicen que consta en catastro ,cuando yo en ningun momento lo puse en catastro,aunque lo deje para que alguien pagara el recibo ibi.¿hay algo que puedo hacer?
perfil ATT
24/12/2013 15:35
aguien ¿puede ayudarme?
30/12/2013 00:35
a mi me pasa igual tengo una responsabilidad civil y me dicen que consta en catastro un bien a mi nombre cuando yo aun no he registrado nada a mi nombre
Esta facultado catastro para asignarme el 50% del bien antes de que yo pague los derechos sucesorios y lo registre es otra extralimitación de el estado como evitarlo o actuar contra ello
Muchas preguntas asolan hoy a los ciudadanos ante su indefensión.