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El notario que se declara no competente para tramitar el expte de un bien

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El notario que se declara no competente para tramitar el expte de un bien
05/06/2023 17:18
Mi padre ha fallecido recientemente en Madrid, donde residía desde hace casi 60 años. Parte de sus bienes inmuebles están en Madrid, y parte en Segovia, su lugar de nacimiento. Una de la propiedades de Segovia no está inscrita en el Registro. Es una cuestión complicada. Se trata de una casa realizada sobre una propiedad que mi padre heredó de su padre y éste del suyo. La propiedad a nombre de mi bisabuelo sí estaba registrada, pero con una extensión mayor, debido a que ha habido particiones sucesivas. Desde esa inscripción no consta ninguna más, ni a nombre de mi abuelo, ni de mi padre.
Nuestro notario de Madrid que está tramitando la herencia no ve claro si habría que ir a un expte de dominio (considerar que nunca estuvo inscrita) o de reanudación del tracto (ya que se han producido dos sucesiones sin inmatricular), pero en cualquier caso dice que él no es competente, y que debería hacerlo el notario al que corresponda el Registro nº 1 de Segovia.
Nos ofrece como solución, dos opciones; firmar la herencia con el resto de los bienes y posteriormente hacer una adicción de herencia para dicha propiedad, o bien no firmar la herencia, pagar el impuesto de sucesiones, buscar nosotros quien nos lo solucione y cuando esté inscrita incluirlo en la herencia y firmarlo. ¿Es cierto? ¿él no tiene capacidad para hacerlo? y si sí la tiene, ¿puede negarse a hacerlo al tratarse de un trámite engorroso? Muchas gracias.
06/06/2023 10:36
Eso es un expediente para la reanudación del tracto, porque si lo hacen de dominio (obviando la vigente inscripción), pueden encontrarse con una negativa del registrador. Hagan la escritura de aceptación de herencia ahora, porque la necesitarán para consolidar su legitimación en el expediente, y tras ello contraten a un abogao para que les monte el expediente con el notario de la demarcación de la finca. Es necesario un abogado porque se trata de expedientes complejos técnicamente, que requieren atención y seguimiento. Una vez lo hayan resuelto, pueden adicionarlo a la herencia y proceder a su división o reparto de conformidad con las normas aceptadas en la escritura que van a hacer ahora.