Pues decirte que no se tiene copia, debido a que este No-administrador ha enviado las actas , quiero decir que no envia lo que se trata en las reuniones.
El tema viene por un piso donde estan causando muchas molestias , graves, y ahora se habla que si otorgaron permiso para esta actividad.
Esta casa es una ruina y los administradores solo saben pasar el recibo. Los problemas para otros.
creo que primero habría que esperar un tiempo prudencial a que aparezca, no fuera que al final os encontráseis con 2 Libros de Actas.
Ahora bien, no tengo claro que tipo de responsabilidades, se le puede pedir al Administrador/Secretario, por la pérdida del Libro de Actas. ¿Sabe alguien que responsabilidades se le pide y si viene en algún sitio?
Tendrán que diligenciar otro nuevo en el registro de la propiedad dando cuenta de la pérdida del primero.
Pero sobre los acuerdos que recojan estas actas, deberían tener copia todos los propietarios, ya que después de cada reunión es obligatorio el remitirla individualmente a cada propietario, tanto haya asistido como no a la junta. Algún vecino debería tenerlas si se le mandó, claro está.
En una comunidad que hay
presidente
vicepresidente
administrador
quien debe tener el libro de actas ?
y que ocurre si se buscan datos de hace años y no aparecen, responsable?
saludos.