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El hijo cotitular ahora reclama que la mitad del dinero es suyo

31 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 31 comentarios
17/07/2015 12:56
Enhorabuena me alegro de que se haya solucionado todo, mi caso es más complicado. Un saludo.
perfil ppp
17/07/2015 12:30
Caso resuelto.

Todo solucionado , ha bastado una carta de mi abogado y mucha documentación aportada , para que reconociera la fechoría que quería hacer , con sus otros hermanos , lo he movido todo yo , sin el apoyo de ninguno , los del cazo recibirán su recompensa , sin mover ni un dedo , pero no firmare la aceptación de herencia hasta el ultimo día legal , para hacerles sufrir , ya que me están mareando los del cazo para que firme , los del cazo no saben que lo he conseguido , gracias a mi abogado . Para caso como el mio , a buenas maneras no se consigue nada , mas bien lo contrario , por eso recomiendo , que una persona o personas , siempre se asesoren por un abogado , todo lo demás corre en contra nuestra , siendo muy difícil después la solución y un obstáculo para nuestro abogado , ya que después es imposible llevar al redil al que se quiere apropiarse de bien ajeno , por su testarudez. Un saludo para todos
perfil ppp
19/06/2015 10:35
Estoy contigo y te comprendo muy bien , que es exactamente lo que me pasa a mi , pero con la diferencia , de que vosotros sois una piña y los míos los piñones, esperando con el cazo , a costa mía. Saludos para para ti y tus buenos hermanos
19/06/2015 10:17
Hola ppp, los hermanos deberían ayudarse y no aprovecharse de situaciones como esta q tenemos entre manos. Nosotros intentamos llegar a un acuerdo por las buenas y nos dijo nuestra hermana que el dinero era de ella y si mi madre la había puesto a ella en la cuenta por algo sería.
Cómo comprenderás no se puede uno tragar ese rollo, pero ella además de la mitad del saldo de la cuenta ha dispuesto del dinero en vida de mi madre, haciendo transferencias a su cuenta en varias ocasiones, lo tenemos todo en los extractos. Se puede considerar esto un comportamiento normal entre hermanos? Mi madre estaba en una residencia, yo vivo fuera del pueblo. Saludos.
perfil ppp
19/06/2015 09:56
Buenos días Palmeña , gracias por tu ayuda , estoy muy agradecido . En lo referente a los del cazo (hermanos) , me gustaría que fueran como los tuyos , tendré que presentar el papeleo yo solo , mi satisfacción sera , que los que esperan con el cazo , estarán ansiosos a la espera de llenar el cazo , sin mover un dedo ni contribuir económicamente , si consigo que la agencia tributaria les penalice y a la otra la pongan en su sitio un juez , estaré contento, cuando veo tan poca o nula colaboración aunque me cueste lo que me cueste . Estoy solo y solo solucionare todo esto , se que a muchos les dolería , gastar dinero para no recibir nada , pero yo soy así y no lo puedo remediar . Esto es para los abogados del foro , yo pude con dos gigantes poderosos , dos causas diferentes , ganando todos los juicios y viendo como se peleaban entre ellos traicionándose y poniéndose al lado de mis abogados , cuando vieron que lo tenían perdido , porque era justo y así lo reconocieron todos los jueces , mis amigos los abogados me felicitaron , diciéndome que la causa la había ganado yo por perseverante y llegar hasta el final , que fue muy largo en las dos causas. Así que esto no es nada y me dice que se tiene que hacer justicia , aunque me cueste mas dinero , que el que pueda conseguir . Si después de un estudio profundo de la causa , encuentro alguna manera de poder ganar , es cuando pongo todo mi empeño en ello , si me dice lo contrarío , entonces lo dejo pasar . Jamas denunciaría a ningún hermano mio , aunque me hiciera lo que me hiciera , si fuera necesitado , enfermedad , problemas económicos graves , etc, etc, etc . Saludos para Palmeña y sus buenos hermanos , que yo no tengo.
19/06/2015 08:58
Buenos días ppp, los modelos que presentamos son el 650 y el 660, para rellenarlos tienes que tener los números de DNI
de tus hermanos y si lo presentas por tu cuenta solo lo firmas tu, ellos también lo tienen que presentar, mi consejo es que lo lleves a que te lo prepare una gestoría, porque ellos saben toda la documentación q tienes que presentar, eso si, te cobrarán por hacerlo. Tienes que tener certificado de ultimas voluntades, defunción, DNI del fallecido, testamento,copia simple del registro de la propiedad si hay algún inmueble en la herencia, certificado del banco con el saldo,etc y le tienes que decir a quien te lo haga que es parcial, a la espera de que esto se resuelva y entonces haces una complementaria, espero ser de ayuda, un saludo.
perfil ppp
18/06/2015 20:39
Palmeña buenas tardes , gracias por interesarte , hoy he ido y lo que pasa , es tener suerte en quien te atiende, pues he tenido muy poca suerte , mejor dicho poquitas ganas de trabajar , tanto uno como su jefe de departamento , de todas maneras me han dado unos papeles para rellenar , en ellos pido los rendimientos del trabajo , reflejando el pagador , los rendimientos de las cuentas bancarias , reflejando el pagador , información catastral de inmuebles , de los cuatro años últimos , me pedía para que , he puesto como heredero de mi madre , necesito recopilar datos para poder aceptar y liquidar el impuesto de sucesiones , lo entregue todo con la documentación que tengo, en registro. Me puedes decir el modelo de hojas para pedir el pago parcial y después la complementaria , te lo pongo porque buscando, encontré algo parecido , pero quiero estar seguro. Si piensas que me olvido de algo me lo dices , ya que vosotros tenéis experiencia , de momento hasta que no tenga toda la investigación finalizada , no tendré abogado , después le entregare todo y me quedare con la conciencia de trabajo bien hecho , facilitando el trabajo al que me defienda . Saludos para ti y tus hermanos
18/06/2015 19:08
Buenas tardes ppp. Cómo te fue? Si no recuerdo mal tenías hoy cita para ir aclarando el asunto. Un saludo.
09/06/2015 00:22
el ir a demanda judicial, me parece que se van a comer todos los cuartos.
Hay otra moraleja:
MAS VALE UN MAL ACUERDO QUE UN BUEN JUICIO
SUERTE
perfil ppp
08/06/2015 17:14
Buenas tardes , hoy la agencia tributaria , me ha dado certificado , los cuatro últimos años de la renta , que por cierto alguno se adelanto, en hacer la del 2014 sin mi consentimiento, tienen que tener el consentimiento de todos los interesados , para después nombrar a un autorizado por todos , mañana estaré en Barcelona en casa del notario, para después a continuación ir al banco y pedir los extractos de los últimos cinco años , que me ampara el articulo 661 y el 659 del código civil , a continuación cuando lo tenga todo y lo tenga todo bien claro , visitare de nuevo al notario , le expondré el caso y le enseñare las sentencias que tienen jurisprudencia , mencionadas en mis escritos anteriores , mas toda la documentación recopilada , que espero me de la razón, que demuestre que las cuentas bancarias se nutrían, del primer titular.Si el notario ni por estas no quiere decirle nada a la otra parte , me veré obligado a poner la correspondiente denuncia en los tribunales. Un refrán inventado por mi ( El no lo tengo seguro , estará siempre seguro el no , si no me muevo) moraleja si no te mueves , jamas podrás conseguir el si . Os seguiré informando . Saludos para todos
perfil ppp
01/06/2015 14:08
Sarapiki , te agradezco mucho tu intervención , así como la de los otros foreros , son muy respetables , porque de ellas saco mis conclusiones para mi investigación , muy agradecido a todos. Saludos de ppp y gracias , gracias , gracias , a todos , porque gracias a vosotros el camino , lo tengo mas despejado , valiendo la pena seguir con mi lucha , porque la encuentro realizable y positiva para interes mio , ademas de la de mis hermanos perjudicados.
01/06/2015 12:27
ppp, yo no digo que no sea una injusticia. Pero te contesto en funcion de mis conocimientos (pocos) y mi experiencia (poca, tambien).

Ojala tengas suerte, y si lo consigues, estaria bien que lo contases en el foro, pues tu caso, por suerte o por desgracia, se da mas a menudo de lo deseable
perfil ppp
01/06/2015 11:46
Pues yo opino lo contrario , si se puede demostrar que la cuenta se nutria , del dinero de la madre , según sentencia que tiene jurisprudencia , http://portaljuridico.lexnova.es/jurisprudencia/JURIDICO/41986/sentencia-ap-madrid-334-2010-de-14-de-junio-herencia-masa-hereditaria-saldos

De momento ya tengo cita previa en la agencia tributaria , para el día 8 de junio , si ponen alguna pega , tengo mi notario para que le den dicha información , si falla también , pondré la denuncia con todas las consecuencias ya directamente , para que su señoría lo pida . Saludos de ppp , que nunca se rinde , delante de una injusticia tan grande , caiga quien caiga.
01/06/2015 10:57
mas o menos opino como mark9 excepto en una cosa: cierto que el hijo podia retirar el dinero que quisiera... en vida de la madre. Una vez fallecida, el banco debe bloquear la cuenta, precisamente para asegurar los derechos de los herederos.
Si bien coincido en que la mitad del dinero se considera de cada titular, por tanto solo se repartiria entre los herederos, una mitad, la otra se consideraria del cotitular
01/06/2015 10:15
La titularidad en la cuenta sí que presupone que el 50% (en este caso) le pertenece... Si lo que se quería es dar una autorización para gestionar el dinero, para eso existe la figura del "autorizado".

Como ya he dicho, "presupone", y tiene transcendencia fiscal por ejemplo (hacienda exige a cada uno que declare su 50%), con lo cual si se pretende que la titularidad corresponde a uno sólo hay que probarlo (y no al revés).

En cuanto a lo que dice blecua: lo de dar las llaves de una casa o coche, sería análogo a "autorizar" en la cuenta. Ser cotitular en una cuenta sería como escriturar una vivienda a nombre de los 2.

En este caso, al ser cotitular de la cuenta, el hijo estaba en su pleno derecho de retirar el dinero que quisiera (no sólo la mitad...), por lo que no tiene que demostrar nada... en todo caso serán los demás hijos los que tengan que demostrar que ese dinero era sólo de la madre... y aun así...
perfil ppp
31/05/2015 14:17
http://www.iberforomadrid.com/descargas/revista/rev_01_01_d.pdf
perfil ppp
30/05/2015 16:51
http://www.rankia.com/articulos/210325-conviene-incluir-otra-persona-cuenta-corriente
perfil ppp
30/05/2015 15:21
http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=2102&Consulta=.EN NUM-CONSULTA (V1020-05)&Pos=0&UD=1
perfil ppp
30/05/2015 14:50
http://portaljuridico.lexnova.es/jurisprudencia/JURIDICO/41986/sentencia-ap-madrid-334-2010-de-14-de-junio-herencia-masa-hereditaria-saldos
30/05/2015 10:19
Eso es lo que pretendía decir,me temo que con escaso éxito comunicativo por mi parte..
La cotitularidad de un depósito no implica necesariamente copropiedad sobre lo depositado, del mismo modo que la mera entrega de las llaves de un inmueble o de un vehículo por su propietario a un tercero no implica obtener la copropiedad de estos bienes, sino una autorización para utilizarlos.