Buenas la mujer cuando fallece deja este testamento : lego a mi conyuge el pleno dominio del tercio de libre disposicion, demas de la cuota vidal usufructaria y en el remanente de los bienes herederos a sus hijos. y ahora resulta que el marido dice que va a cambiar el testamento y dejarles a los hijos la legitima de los bienes de la madre. Mi pregunta es esto legal y si mi madre nos dejo el piso a partes iguales a los tres y si lo que le dejo a mi padre el puede dejarlo como quiera. gracias
No sé si he entendido bien la pregunta. Supongo que te refieres que tu madre falleció y en su testamento dispuso dejar el piso a partes iguales entre los hijos. Evidentemente ese piso, una vez aceptada la herencia por los hijos, pertenece a los hijos, y el padre no tiene libre disposición del mismo. El padre sólo podrá hacer testamento en relación a los bienes que son de su propiedad, pero no puede decidir sobre bienes que no son suyos.
¿cuál es la comunidad autónoma?
el padre no puede modificar las disposiciones de la madre, pero, independientemente de si la herencia de la madre ha llegado a repartirse o si todo sigue siendo administrado por el padre, si se trata de una comunidad autónoma en la que está vigente el Código Civil español, estaremos en la situación de que los derechos de los hijos respecto de los bienes de su madre ya coinciden con la legítima (1/3 en plena propiedad y otro 1/3 como nudo propietarios)