Durante un proceso de testamentaría judicial, un banco permite a una de los herederos abrir una caja de seguridad del fallecido, sin conocimiento del resto de herederos. El funcionario del banco, emitió en ese momento un certificado de que la caja estaba vacía. El banco ya sabía con anterioridad, por comunicación del juzgado, que había un juicio de testamentaría por la herencia del titular de la caja de seguridad.
Puesto el tema en conocimiento del juzgado que sigue el juicio de testamentaría, el juez se sacude el tema de encima y dcita un auto diciendo al resto de los herederos que ese tema no puede seguirse dentro de la testamentaría y que tienen que interponer una demanda contra el banco y el heredero que accedió a la caja.
¿Es esto posible?. ¿No puede el propio juzgado actuar contra el banco que ha incumplido las órdenes recibidas?.