Escribo este nuevo tema para plantear mi duda y si alguien que pueda dar respuesta me pueda aclarar.
Hace 4 años mantuve un litigio de repartición de herencia y el juez dio sentencia favorable. Tengo entendido que tengo plazo de 5 años para ejecutar sentencia. Mi duda es la siguiente, los cinco años son para solicitar la ejecución de sentencia o para que este todo solucionado, es decir escriturado lo heredado por cada uno. En caso de que yo este conforme y lo escriture y mi familiar que no lo este, por lo tanto no escritura... puede generar problema alguno por el mencionado plazo?
Gracias