Solicitada declaración de herederos abintestato de persona soltera sin ascendientes ni descendientes, quedan como herederos sus sobrinos.
He recibido Providencia que recoje, netre otras cosas, "Publíquese en el Boletín Oficial de la provincia y en el tablón del Juzgado ..., añadiendo DESPACHO QUE SE ENTREGARÁ AL ACTOR PARA SU DILIGENCIAMIENTO"
¿Que significa exactamente esta última expresión?
¿Que el actor debe publicar el edicto en el BOP?
¿Alguien me puede explicar los pasos a dar en el supuesto de que deba el actor publicar en el BOP?
Gracias.
No lo sé exactamente, pero debe ud acreditar que la Providencia ha de publicarse en el BOP y a su cargo (art. 164 LEC).
Creo que ha de ponerse en contacto con el BOP y solicitar las tarifas para poder realizar el ingreso en la cuenta que le indiquen y posteriormente remitir la Providencia para que se la publiquen.
Una vez publicada, puede ud, al pasar el tiempo que le hayan señalado en el Juzgado, aportarla al Juzgado para lo que pretenda realizar.