hola, me gustaria saber si para jurar una minuta en la AN en Madrid, siendo yo abogado de almeria, tengo que solicitar la habilitacion al colegio de Madrid, teniendo en cuenta que no la solicité cuando acudí alli a la actuación que hicimos. Por otro lado, el tema es penal, se puede jurar segun el art. 35 de la LEC, por analogía? Finalmente, alguine tiene formularios?? gracias!
Yo aportaría la habilitación correspondiente, por si acaso (aunque creo q no es gratis, lo q es un handicap, la verdad).
Yo creo q sí q se puede jurar la cuenta analógicamente vía art. 4 Lec.
No creo q te haga falta ningún formulario, basta q sigas la dicción del art. 35 Lec y acompañes minuta proforma a dicho escrito. Suerte¡¡
Que personas que no somos profesionales del derecho, entremos en este foro a hacer consultas como esta, podria pasar, pero que lo hagan profesionales, es como minimo sorprendente.
¿Es que en los Colegios profesionales, no hay un departamento de asesoramiento?.
Bueno, debe causar la misma sorpresa que causa ver a quien, con grandes intereses en juego, en lugar de ir corriendo a un abogado viene a preguntar aqu y a fiarse de unas palabras firmadas por un nick anónimo.
hola, ignorando un poco lo que se sale del tema.. gracias a los que me tratais de solventar las dudas que planteé. una mas, la jura se presenta ante el mismo juzgado, en este caso Central de Instruccion 1 de la AN, o va a reparto para los de primera Instancia?
hola, tengo esta ultima duda: la jura de cuentas se presenta ante el mismo juzgado donde se llevo el asunto, en este caso Central de Instruccion 1 de la AN, o va a reparto para los de primera Instancia?
muchas gracias!
Pide la habilitación incluso para el asunto terminado. No va a pasar nada permo mejor curarse en salud. Y, discrepando de ac37, no te costará ningún dinero. Es simplemente una comunicación a tu colegio y ya está.