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Duda de herencia

3 Comentarios
 
Duda de herencia
12/05/2024 13:56
Buenas tardes, cuando realizas la escritura de partición de herencia, con propiedades, datos bancarios, seguros, etc… se liquidan los impuestos, y se presenta en los registros de propiedad para cambiar la titularidad de las propiedades… tengo conocidos que las gestorías donde les han llevado los trámites, les aconsejan volver a escriturar las propiedades, no sé con qué fin si es para que conste en escrituras únicas, como cuando las adquieres o vendes, llegando a decirles que es por beneficio. ¿Eso es cierto? Yo he heredado y siempre he vendido propiedades solo con la escritura de herencia sin problema ya que estaba registrado el cambio de titularidad. Muchas gracias por la labor que realizan todos. Saludos.
13/05/2024 08:54
Puede ser interesante, depende del caso. No hace ninguna falta, pero si has adquirido una porcentaje de una vivienda por una herencia, otro por otra, otro por compra, otro por consolidación de dominio, o yo qué sé, pues puede ser interesante reescriturar, aunque no sea obligatorio. En otros casos no tiene ningún sentido. Pues depende.
13/05/2024 11:24
paquito xocolatero
Muchas gracias por su respuesta. Me puede indicar porque puede ser interesante reescriturar, tiene algún beneficio a la hora de vender la propiedad. Yo no entiendo de ello, pero para mí cuando una propiedad ya consta en el Registro de la Propiedad con los porcentajes de los propietarios, considero que es un gastos innecesario.
Darle las gracias nuevamente por su comentario. Saludos.
14/05/2024 09:05
Se puede vender incluso sin que la vivienda esté registrada en el RP, que es un trámite voluntario. El beneficio es la claridad de cara al comprador, pero ese es un valor subjetivo. Si lo consideras innecesario pues no lo hagas, hay muchísima gente que ni siquiera inscribe en el RP por ese mismo motivo.