Soy una chica estudiante de 1º de G.A.P y querría saber la respuesta a esta pregunta de examen:
¿Un acto puede ser anulado por la administración?¿Y por el Tribunal Constitucional?
Agradecería mucho vuestra ayuda, ya que tengo el examen el día 11 de Septiembre.
Desde luego la Administración puede anular sus actos administrativos. por otra parte, el TC puede entrar a conocer por la vía del amparo constitucional de los actos de la Administración que vulneren derechos espacialmente protegidos, eso sí, una vez agotada la vía judicial