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Duda de examen

2 Comentarios
 
05/09/2007 14:21
Mírate el Titulo VII de la Ley 30/92 (arts. 102 a 106), en especial el 105.1
05/09/2007 08:00
Desde luego la Administración puede anular sus actos administrativos. por otra parte, el TC puede entrar a conocer por la vía del amparo constitucional de los actos de la Administración que vulneren derechos espacialmente protegidos, eso sí, una vez agotada la vía judicial
Duda de examen
01/09/2007 01:42
Soy una chica estudiante de 1º de G.A.P y querría saber la respuesta a esta pregunta de examen:
¿Un acto puede ser anulado por la administración?¿Y por el Tribunal Constitucional?
Agradecería mucho vuestra ayuda, ya que tengo el examen el día 11 de Septiembre.