Estando en régimen de separación de bienes pero sin haber repartido los bienes adquiridos mientras estábamos en régimen de bienes gananciales. ¿Podría mi marido regalarme, venderme o donarme la mitad de uno de esos bienes para que pase a ser mio? ¿dónde y cómo podría gestionarlo?
Su pregunta es consecuencia de una anterior.
Una advertencia. Ojo con un posible alzamiento de bienes. Puede ser peor el remedio que la enfermedad
a su disposición.
Para estar en régimen de separación de bienes, han debido disolver, liquidar y adjudicarse los bienes, bien en notaría, bien judicialmente. Si es así y tienen bienes en copropiedad, forman una comunidad de bienes que pueden disolver notarial o judicialmente adjudicándose los bienes como consideren oportuno siempre que no vulneren el ordenamiento jurídico.
Un saludo.