Para estar en régimen de separación de bienes, han debido disolver, liquidar y adjudicarse los bienes, bien en notaría, bien judicialmente. Si es así y tienen bienes en copropiedad, forman una comunidad de bienes que pueden disolver notarial o judicialmente adjudicándose los bienes como consideren oportuno siempre que no vulneren el ordenamiento jurídico.
Un saludo.
Su pregunta es consecuencia de una anterior.
Una advertencia. Ojo con un posible alzamiento de bienes. Puede ser peor el remedio que la enfermedad
a su disposición.
Donar o vender al conyuge un bien ganancial para que sea solo de uno
Estando en régimen de separación de bienes pero sin haber repartido los bienes adquiridos mientras estábamos en régimen de bienes gananciales. ¿Podría mi marido regalarme, venderme o donarme la mitad de uno de esos bienes para que pase a ser mio? ¿dónde y cómo podría gestionarlo?