No pudes pagar el impuesto de sucesiones de alguien que no ha falllecido.
Enteraros bien pues si fuera por donaciones y la vivienda fuera la habitual del heredero esta exenta en mucho de dicho impuesto.
La cuestion es que mis suegros no reciben nada, pues mi cuñada se queda con el piso a cambio de que a nosotros nos abone la mitad.
Creo que eso es donación.
¿Tenemos que pagar nosotros el impuesto de sucesion? ¿Donde hay que ir para pagarlo y en que plazo? Somos de Madrid.
el negocio juridico que comentas es una compraventa.
el comprador esta obligado a abonar el impuesto de transmisiones patrimoniales y el vendedor tendra una ganancia patrimonail que debera reflejar en su renta,
Mis suegros quieren venderle el piso a mi cuñada de la siguiente forma:
.- rebajarla 5 mill. de la tasacion que se efectue al piso.
.- del precio que quedara, mi cuñada le abonaria a mi marido la mitad en un cheque conformado día de la escritura.
¿Se puede hacer?
¿Lo que nosotros recibimos es una donación? Teniendo en cuenta que nos lo da mi cuñada.
¿Tendriamos que declararlo a hacienda o a alguien más?
¡¡¡¡¡¡¡Necesitamos ayuda!!!!!!!