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Donación y legitima

2 Comentarios
 
Donación y legitima
19/01/2022 11:45
Hola
¿Si una persona con un hijo y un nieto, dona en vida su vivienda al nieto, hay alguna forma de que el hijo no pueda reclamar la parte de la vivienda donada dentro de la legitima a la que tiene derecho?
Tengo entendido que aunque dones en vida a alguien que no sea tu hijo, los hijos tienen derecho a parte de esa casa (en dinero) a causa de la legítima.
gracias
20/01/2022 10:24
elyeyo77
El hijo puede reclamar el 66% del valor de la vivienda si el abuelo muere sin testamento. Pero el abuelo podrá mejorar a su nieto y declara la donación no colacionable, por lo que el hijo solo podrá acceder al 33% del valor de la vivienda, calculado a la fecha de la muerte del causante.
20/01/2022 10:34
Es tal y como dice el Sr. Grisolía, pero ojo, suponiendo que esa sea la única propiedad en la masa hereditaria.
Si hay más bienes el hijo podrá reclamar el 66% o el 33% del valor del conjunto de la masa hereditaria (en función de si hay testamento o no y qué diga este), incluyendo en esta el valor del piso, por lo que de este le corresponderá un porcentaje menor del valor, más los otros bienes (si no ha habido más donaciones) que también heredará, de forma que la parte total de la herencia sí sea ese porcentaje de legítima o legítima estricta. Si el valor de la vivienda fuera inferior al 33% de la masa hereditaria no le correspondería nada de ella, aunque cabría considerar su valor para determinar esta.
Todo esto siempre cuando fallezca esta persona, no antes. Mientras no fallezca el hijo no tienen derecho a nada en dinero por hacer el padre una donación al nieto o a quien sea. Podría fallecer antes el hijo, y ser el nieto el heredero universal.