Una persona persona de 80 años realiza una donación a favor de su futuro nieto que le quedan 6 meses por nacer
Tiene personalidad el concebido y no nacido?
Adquiere el derecho a la donación el nasciturus?
Quién podría en su caso aceptar la donación en interés del nasciturus? En qué momento se produce la adquisición definitiva de los bienes?
Es una donación habitual, en favor de un concebido no nacido. Puede ser aceptada por quienes tengan la patria potestad o la tutela, y se consolidará definitivamente cuando el donatario alcance la mayoría de edad, pues aunque no hace falta ratificarla, sí que puede renunciarla.