Bienes donados a la nuera.-Artículo 1040
Tampoco se traerán a colación las donaciones hechas al consorte del hijo; pero, si hubieren sido hechas por el padre conjuntamente a los dos, el hijo estará obligado a colacionar la mitad de la cosa donada.
Bienes donados a los nietos.- Depende de si en el momento de fallecer el abuelo, vive ó no su hijo: - Si hubiera fallecido, los nietos si deben colacionar: Artículo 1038 -Cuando los nietos sucedan al abuelo en representación del padre, concurriendo con sus tíos o primos, colacionarán todo lo que debiera colacionar el padre si viviera aunque no lo hayan heredado. También colacionarán lo que hubiesen recibido del causante de la herencia durante la vida de éste, a menos que el testador hubiese dispuesto lo contrario, en cuyo caso deberá respetarse su voluntad si no perjudicare a la legítima de los coherederos.
Si su padre no ha fallecido no deben colacionar.-Artículo 1039Los padres no estarán obligados a colacionar en la herencia de sus ascendientes lo donado por éstos a sus hijos.
Todo esto con las limitaciones legales, que son: donaciones a la nuera, maximo un tercio de los bienes del donante (la parte de libre disposición). Donación a los nietos, maximo 2/3 de los bienes del donante (libre disposición, teniendo en cuenta lo ya donado a su madre, mas el tercio de mejora)
las donaciones a nuera y nietos son a nuera y nietos, y para nada entran en la cuenta del marido y padre ... y es que las donaciones solo son colacionables a efectos de cálculo de la legítima, y no a efectos de hacer cupos iguales
En el caso de que el padre dona en vida dinero a sus cinco hijos, a la nuera y a los nietos, ¿se considerarían colacionables las donaciones a favor de la nuera y los nietos como parte de la masa hereditaria de uno de los herederos como marido y padre de los que han recibido la donación?