En procedimiento de partición de herencia en sentencia no incluye el juez una donación encubierta. La donación es clara,me explico en un procedimiento de cognición sobre arrendamientos rusticos en el que mi fallecida madre era la actora. El juez resuelve que la actora es la única que puede acceder a la propiedad pagando el precio en metálico que está estipulado en el fallo de la sentencia. Mi hermana hace una compraventa mediante escritura directa haciéndose pasar por la actora que es mi madre en cuanto a la transcripción de la sentencia en donde tiene que aparecer el nombre de mi madre pone puntos suspensivos. Cual es la sorpresa que mi madre jamás le hizo una donación ni una venta en escritura. Ahora en la partición de la herencia el juez sustituto parece ser que no ha entendido bien. Y ha dictado que dicho bien debe excluirse de la herencia. Yo quisiera saber por alguien experto, si dentro del plazo para recurrir la misma se tiene que hacer constar. O por el contrario hay que interponer demanda individual sólo por la donación encubierta para no mezclar otras discrepancias. Tres notarios han leído la sentencia del proceso de cognición. Han leído la escritura y ven como mi hermana que no es la actora porque pone puntos suspensivos donde tiene que constar el nombre de mi madre que era la actora que era la única que podía acceder a la propiedad del arrendamiento rustico. Dígame alguien experto si no es una donación encubierta. Puedo llevarle todas las pruebas si el abogado vive en Valencia y abonarse lo que valga la consulta sin ningún problema. Ahora es urgente por el plazo para recurrir. Espero vuestra sapiencia y experiencia. Un placer