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Donación en vida a mi hermana

4 Comentarios
 
Donación en vida a mi hermana
12/02/2020 15:10
buenas,
queria preguntar lo siguiente:
Mi padre le ha vendido una parcela a mi hermana , en cuya escritura figura que se le ha donado una cuarta parte del valor.
El notario le dijo a mi padre , que a mi , me tenia que dar la misma cantidad, pero de momento esto no ha pasado. Hay algún plazo regulado para que esta segunda donación se haga efectiva?

saludos
12/02/2020 15:41
josetepepe
No existen las donaciones obligatorias, por lo que tampoco plazo para hacerlas. Cualquier persona puede donar sus bienes sin que por ello exista una obligación con otras personas. Hay normas de derecho hereditario que tienen como propósito proteger en todo caso la porción de legítima estricta de cada heredero, y que dan lugar a que las donaciones recibidas por los herederos forzosos sean consideradas como anticipo de sus respectivas legítimas; pero al estar usted planteando un asunto inter vivos, no procede en este momento.
13/02/2020 10:04
josetepepe
Te dará lo que quiera cuando él quiera. Si no deja lo contrario en testamento (puede beneficiar a tu hermana si quiere), esa donación se podrá traer a colación cuando fallezca, y se incluirá esa donación en la masa hereditaria y la herencia ya recibida por tu hermana. Antes de que fallezca el patrimonio de tu padre es suyo y puede disponer de él como mejor le plazca.
10/09/2020 20:23
Mi madre hizo donación en vida a mi hermana de dos inmuebles con carácter no colecionable (hace 11años) y testamento en el que lega a partes iguales dos tercios de su herencia a partes iguales a sus dos hijas y el tercio restante a mi hermana como heredera.
Actualmente solo queda un inmueble. Para calcular el caudal relicto se tiene en cuenta las donaciones previas?. Si es asi la valoración de las propiedades donadas se expresa en valores actuales o el valor en el momento de la donaciones?Una vez estimado la cuantía total, el reparto se haría dividiendo en tres tercios y a ella se le adjudicarían 2/3 del total.
O solo se reparte el inmueble que queda en los porcentajes de 2/3 y 1/3 sin tener en cuenta las donaciones,?
Muchas gracias por su opinión pues hay criterios distintos aunque parece que no afecta a la legítima, pero indudablemente la cantidad correspondiente a mi tercio si que se ve afectada.
11/09/2020 09:40
Su hermana tiene que poner encima de la mesa el valor de las donaciones recibidas, es decir, de las dos casas, tasadas a la fecha de la muerte de su madre. Igual criterio con la casa que menciona, la tercera. Una vez sumado el valor de las tres casas, se le da a su hermana el 66% y usted se queda con el 33%. Su hermana solo consolidará las donaciones una vez se haya hecho el reparto, y si le sale la cuenta. En lo que a usted respecta, no se conforme con menos del 33% del valor de todos los inmuebles. Aunque la ley señala que es el valor a fecha de la muerte del causante, suele usarse tasación actual si ha transcurrido mucho tiempo del fallecimiento. Esa es la cuenta y no es ninguna otra.