Buenos dias, quisiera que alguien me aconseje. Como arrendador voy a hacer un contrato de una vivienda y quisiera que alguien me aconsejara si es mejor o no, domiciliar los gastos de los consumos( luz, agua, gas etc.) a nombre del arrendatario ó tenerlos a mi cuenta. Gracias
Dada la legislación actual, que puede suponer para un arrendador incluso una denuncia por un dleito de coacciones si ocurriera alguna incidencia con los consumos, y añadiendo a ello que en caso de problemas con el inquilino un desahucio dura dos años o más, mi recomendación es que ponga usted claramente en el contrato que el inquilino contratará la titularidad de los suministros a su nombre y los domiciliará en su cuenta corriente, y que una vez que el contrato finalice, le ofrecerá la posibilidad de hacer un nuevo cambio de titularidad a nombre del casero, pagando si no lo hiciere el coste de un nuevo alta y boletín de cada suministro.
Muy buenas, debería tener en cuenta que hay compañías de agua que no aceptan el cambio de titularidad de los contratos a favor del arrendatario y sí el cambio de la domiciliación bancaria de los recibos.