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Documento de cambio de colegio

48 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 48 comentarios
Documento de cambio de colegio
12/11/2009 09:38
Hola a todos....
Mi pareja, despues de mucho pensarlo, ha decidido demandar a su exmujer por no informarle de nada referente al niño. Ya no decimos consultarle, sino informarle, comunicarle.... El caso es que el niño ha estado este año en tres colegios distintos, si tres, por cambios de residencia de la madre, y en todos los casos mi pareja se ha enterado cuando ya todo estaba hecho. Lo que necesitamos saber es como se llama el documento, o donde queda reflejado que el traslado de centro del niño se ha hecho sin la firma del padre para pedirlo y justificarlo ante el Juez. Supongo que el cole tiene que proporcionar esta informacion, no??

Muchas gracias y un saludo.
12/11/2009 10:29
A riesgo de equivocarme creo que "expediente academico" es el documento con toda la informacion del niño y "traslado de expediente" se llama a cada cambio de colegio por lo que supongo que el documento por el que usted pregunta sera una "solicitud de traslado de expediente". Se habra cursado una por cada traslado.

Espero que le sirva, un saludo.
12/11/2009 15:41
Estoy de acuerdo con chelinka. Un saludo.
13/11/2009 09:39
Ok. Muchas gracias. Y donde puedo localizar esta informacion?? Hemos llamado a los coles donde ha estado y dicen que ahi no tienen nada, que todo esta en el expediente del niño, que se encuentra en el cole actual. Nos hemos puesto en contacto con ellos y dicen que creen que no disponen de esa informacion pero que lo buscaran. Otra pregunta: tiene el padre derecho a que se le faciliten estos documentos, por que en el antiguo cole nos han dicho que lo tiene que pedir el Juzgado.... y antes de insistir queremos estar seguros de que tenemos derecho. Es que la duda me surge por que segun creo recordar, siempre he leido que los dos padres tienen que estar informados de las calificaciones, rendimiento academico, excursiones, reuniones.... pero no menciona nada de "documentos administrativos..... ". No se si estoy siendo demasiado rigida en la interpretacion o si es cierto que hay determinada informacion a la cual los padres no pueden acceder sin la intervencion del Juzgado....

Muchas gracias y un saludo.
13/11/2009 09:46
El expediente academico siempre se encuentra en el colegio donde el niño cursa los estudios. Ellos deberian tener esa informacion.
Respecto a lo de informarte sobre ello no podria decirte si estan obligados o hay algun problema respecto a la ley de proteccion de datos.

Por logica y ya que es "tu hijo" lo logico es que te lo proporcionaran pero, al haber divorcio por medio, no estoy tan segura.

Podrias consultarlo en la agencia de proteccion de datos: ciudadano@agpd.es

A ver si hay suerte y te contesta antes alguien que lo sepa.

Un saludo
13/11/2009 10:51
Mil gracias Chelinka.
13/11/2009 10:57
Hola jaisa, el expediente academico siempre se encuentra en el colegio donde cursa el menor, ademas, aun existiendo resolucion judicial de separacion o divorcio, el progenitor no custodio que tenga atribuido de modo compartido el ejercicio de la patria potestad, tiene todo el derecho a ser directamente informado sobre la evolucion academica de su hijo, por el centro docente, tambien en cuanto a sanidad y demas aspectos esenciales sobre la evolucion del menor. Un cordial saludo.
13/11/2009 11:37
Muchisimas gracias, como siempre, Amoamishijos.

Un abrazo.
13/11/2009 11:39
Un abrazo para usted, jaisa. Mucha suerte.
13/11/2009 12:16
Jaisa, no sé si tu pareja tendrá la patria y postetad compartida pero si es así, recuerdo hace unos meses que alguién en un hilo adjuntó un link donde explicaba el significado de la patria y potestad y cuales son sus derechos y obligaciones. Pues en uno de los puntos explicaba que cuando un niñ@ va a ser dado de baja y los padres estan divorciados deben estar firmada la baja por los dos y como esta pasando en la mayoria de las escuelas con la firma del custodio estan dandolo por bueno, pues esto es denunciable. Tu pareja tiene todo el derecho de tener esa información y de estar informado, yo en su caso me presentaria directamente al colegio donde esta matriculado y que pidierá una copia del expediente de su hijo y que deje constancia que de todo lo referente al niño quiere estar informado, así como de reuniones, posible dadas de baja, etc... Ellos no se pueden negar y si se niegan y denunciais os darán la razón a vosotros.

Espero haberte ayudado.

Saludos,
13/11/2009 13:32
Gracias Chispis. En nuestro caso la patria potestad es compartida, pero en ninguno de los tres traslados que ha hecho en el ultimo año se ha informado al padre, por ninguna de las dos partes, colegio y la madre, y cuando fuimos a pedir explicaciones a uno de los colegios se cerraron en banda y nos dijeron que cualquier documento lo tenemos que pedir a traves del juzgado. En este ultimo que esta ahora todavia no nos han contestado por que el director "esta buscando la informacion" y ya nos diran algo...

En fin... muchas gracias por tu ayuda
13/11/2009 13:54
Jaisa, el colegio no os debe informar por la baja, la obligación de ellos es que si uno de los dos progenitores comunica al colegio que va a ser dado de baja el hijo, el papel que se debe firmar el colegio no debería de proceder la baja si no esta firmado por los dos padres, a excepción de que uno de los progenitores este desaparecido. No entiendo porque en uno de los colegios os dijeran que si quereis alguna documentación se debería hacer por medio de juzgado, ya que tanto el padre como la madre tienen el mismo derecho hacia su hijo. Comentale a tu pareja que insista porque no se pueden negar en nada. Te lo digo por la experiencia de mi marido que el esta pendiente de un juicio por un cambio de residencia que quiere hacer la madre de su hijo y llevamos mucho tiempo con abogados.

Saludos,
13/11/2009 15:14
Con arreglo a la información que podeis solicitar del colegio, leed el informe 227/2006, "acceso a datos académicos por padres y familiares" en www.agpd.es . En dicho informe, expone que en los casos de separación y divorcio, existe una ley que habilita ese acceso que es el código civil, en relación al ejercicio de la patria potestad.

Por tanto, mediante burofax con certificación literal del texto y acuso de recibo, os recomiendo que os dirijais al centro, solicitando la información académica disponible en dicho centro, y recordándoles que de acuerdo con la ley de protección de datos, disponen de 1 mes para aportarla. Si no contestan, tramitais inmediatamente una denuncia administrativa ante la agencia española de protección de datos por negaros el acceso a dichos datos.

Igual petición, la efectuais ante la inspección educativa de la comunidad autónoma.

Todo ello, os puede servir de base ante una demanda de ejecución de sentencia o modificación de medidas que debierais valorar con vuestro abogado.

Es de necios negar lo que la ley dispone y los centros educativos sostenidos con fondos públicos conocen o deberían conocer. Pero como comprobará hay muchos que campan a sus anchas.

Un saludo y suerte
13/11/2009 22:16
Hola:

Jaisa, no es que el no custodio, mientras exista un ejercicio conjunto de la patria potestad, tenga derecho a esa información, sino que es su obligación, no hacerlo sería incumplir con las obligaciones derivadas de la patria potestad. Este incumplimiento podría ser tenido muy en cuenta, sobre todo, en cualquier proceso civil que gire en torno a los menores. En estos temas “no hacer” puede ser motivo, cuando menos, de reproche y, cuando más, causa de retirada de derechos.

El centro está obligado a dar ese tipo de información, siempre solicitarla mediante escrito oficial y exigir respuesta oficial por escrito, la negativa por escrito, ya saben, sello de entrada, firma, fecha, número de registro, no es necesario recurrir al burofax, excepto cuando se niegan, ocurre y es el colmo del despropósito, a admitir el escrito. De negarse por escrito, acudir inmediatamente, transcurrido el plazo de un mes, como indica Samaruc, a la Agencia de Protección de Datos y ya verán que rápido inician expediente sancionador contra el centro. Hace unos días recibía noticias de un padre al cual se le ha dado esta información y mucha más por parte del director de un colegio, no le quedaba otra, ya había sido apercibido por parte de la Agencia de Protección de Datos de que o daba la información o iniciaban expediente sancionador y las multas van de 600 hasta 600,000 euros aproximadamente, que no es broma, además la eficacia recaudatoria de esta agencia es similar y tan efectiva como la de la agencia tributaria.

Pretender derivarles a los juzgados es un claro incumplimiento de las obligaciones que tiene el centro, aparte de ser una tomadura de pelo.

Mientras ambos progenitores ejerzan la patria potestad, los centros habrán de requerir el consentimiento de AMBOS PROGENITORES en todo momento, pero especialmente cuando se producen traslados de centro, no hacerlo es simplemente ILEGAL.


Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
15/11/2009 10:10
Mil gracias a todos.
Emigrante, entonces, sobre quien recae la obligacion de informar al padre del traslado?? A quien tenemos que reclamar????

Muchisimas gracias de nuevo.
perfil Bri
15/11/2009 12:36
jaisa, la obligación de informar al no custodio es, en primer lugar, del progenitor custodio. Si éste no lo hace, pueden demandarle; y respecto de las diferentes situaciones de importancia en las que pueda encontrarse el menor, también están obligados por Ley las instituciones y/o personal facultativo responsable, según sea por motivos académicos (colegio), médicos (pediatra, hospital, odontólogo, psicólogo/psiquiatra, etc), o de cualquier otra índole. Cualquier persona, institución o similar que impida al no custodio el ejercicio de la patria potestad es susceptible de ser reclamada (primero por las buenas, y si hace caso omiso, mediante demanda judicial).

Un saludo.
18/11/2009 08:22
Bueno, pues ya tenemos la respuesta oficial del cole: en el expediente no estan los documentos de cambio de cole.... Y yo pregunto, antes de ir con todos los papeles, puede ser que sea cierto??? Solo queremos los documentos que se han firmado para cambiarle de cole...

Un saludo.
18/11/2009 13:07
En todo caso el que puede y debe saber las cosas que rodean a su hijo en materia escolar es el padre.

Existe un modo de solicitar estos datos, pero claro, si hasta ahora no se ha preocupado por saber estas cosas de su propio hijo, que de repente muestre una extraordinaria preocupación, suele "molestar" a los centros, que le van a tildar de actuación de pataleta o berrrinche, propio de muchos padres no custodios, al menos se suele interpretar de este modo, no digo que sea este el caso, pero por lo general, en estas cosas hay que andar con mucho cuidado y sobre todo, hay que acudir a los centros a interesarse por las actividades del niño, eso como norma y cada dia hacer los deberes con el, no obsesionarse por intentar quitar el niño a su madre. Observo que está usted obsesionada con este hijo de su pareja y eso no es bueno ni natural.
18/11/2009 13:17
Indiscreta, antes de contestarla, me gustaria saber como ha llegado a la conclusion de que nunca nos hemos preocupado por las cosas que rodean al niño en materia escolar, como dice.... y que es lo que la ha llevado a pensar que estoy obsesionada con él...

Espero su respuesta. Un saludo.
18/11/2009 13:19
más que con el hijo.
con la madre y las pelas