Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Documentacion

10 Comentarios
 
Documentacion
06/09/2006 13:18
Despues de un tramite de separacion muy desafortunado para mis intereses y estimando que mi abogada no me ha defendido correctamente. He decidido cambiar de abogada y recuperar la documentacion que en su dia entregue (Escrituras de propiedad, facturas, extractos, etc)
De hecho hace mas de 2 años y aun no he recibido notificacion de minuta.
¿Como puedo recuperar mis documentos sin tener que abonar una posible minuta?
¿Puedo dejar pendiente su pago en espera de una futura transacion economica?
06/09/2006 19:10
Vd. tiene derecho a que le devuelvan los documentos pues el abogado es el depositario. También está obligado a pagar a su abogado, pero lógicamente, para pagar debe Vd. conocer la cantidad.

Puede reclamar el desglose de los documentos que estén incorporados en autos en el mismo juzgado, o a través de su procurador, y a su abogada los que ella tiene en su poder. Si no se los entrega, puede requerirla o acudir al Colegio de Abogados.
07/09/2006 12:16
Agradezco la informacion
Solo una duda.¿Debo pagar una minuta (cuyo importe despues de 2 años desconozco) cuando el trabajo realizado no ha sido satisfactorio?
¿Debo pagar a mi abogada, cuando las ultimas noticias son de hace un año en una llamada telefonica con noticias (despues comprobadas) que eras falsas?
07/09/2006 16:37
Si, debe pagarla o se la reclamará judicialmente. El que no haya sido satisfactorio es muy relativo, y espero que no se refiera al resultado del procedimiento pues ningún abogado podrá garantizarle el resultado del pleito pues decide el juez en base a las pruebas, si podrá exponerle la viabilidad de su caso, y hacer la recomendación oportuna, pero la decisión es suya pues Vd. corre el riesgo, y repito, si no son fallos garrafales que pueda probar (ejemplo, que se le haya pasado un plazo de un recurso, no haber comparecido en la vista, etc.) probablemente no prospere, pero siempre puede intentar la vía del acuerdo, tenemos un seguro de responsabilidad civil para estos casos.
Si vuelve a acudir a un procedimiento judicial, puede solicitar de su abogado un presupuesto previo por escrito, y una vez acepte contratar sus servicios, suscribir una hoja de encargo profesional donde figuren todos los datos de ambos, procedimiento, presupuesto, forma de pago, plazos si así lo acuerdan, etc. Es lo más seguro para ambas partes pues al fin y al cabo, es un contrato de arrendamiento de servicios, que si bien se basa en la mutua confianza entre las partes, con los tiempos que corren en ambos sentidos, nunca se sabe ...
09/09/2006 15:55
Clarisimas sus argumentaciones y muy clarificador el procedimiento de solicitud de presupuesto.
Tengo mis dudas sobre la garantias de resultados, pues el juez deberia escuchar a las parte y todas sus alegaciones y pruebas. En base a ello decidir los resultados.
En mi caso la separacion fue de mutuo acuerdo y solo quedo pendiente la "disolucion del regimen economico matrimonial"
Es en este apartado que creo que mi abogada ha hecho dejacion de responsabilidades, pues ha abandonado el caso y no ha instado la liquidacion ni buscado un acuerdo real con la otra parte.
En definitiva he perdido el 100 % de mi patrimonio ganacial.
MI agradecido por sus aclaraciones.
09/09/2006 16:32
El régimen económico matrimonial, quedó disuelto al ser firme la sentencia de separación, otra cosa es la liquidación y adjudicación de los bienes (previa formación de inventario de bienes), que se puede hacer en procedimiento aparte aunque con el mutuo acuerdo, siempre es mejor hacerlo en el mismo procedimiento si las partes están conformes, pues se ahorran un procedimiento judicial.
Si no está conforme con la forma de llevar el asunto su abogada, casi es mejor que no haya instado el procedimiento. Es más, si precisa instarlo, que su nuevo abogado le pida la venia y la documentación.
En cuanto a las garantías del resultado del pleito, nunca las hay, sólo posibilidad de ...
20/09/2006 16:13
¿Puedo reclamar mi parte de patrimonio a mis hijos, los herederos de mi mujer?
¿Si el heredero universal y administrador, mi hijo, se niega a tratar del tema, que puedo hacer?
20/09/2006 17:41
Eugenio, es muy difícil contestarle a ello sin tener la documentación delante, no tengo claro si llegaron a liquidar pues creí entenderle que su abogada no llegó a iniciar el procedimiento (salvo error por mi parte al interpretar sus post), si no ha liquidado, tendrá que hacerlo con los herederos de la otra parte, es más, necesitan liquidar antes de poder adjudicarse los bienes, así que lo necesitan a Vd. Si su hijo se niega a tratar el tema, puede acudir a la vía judicial, pero le digo todo ésto con suma prudencia puesto que deberá ser examinada toda la documentación, temo que si le digo algo más, le confunda o le induzca a error.
22/09/2006 12:02
No he llegado a liquidar mi separacion de bienes.
Mi matrimonio era por bienes gananciales.
Te explico: La casa donde siempre hemos vivido la familia estaba escriturada a nombre de mi Ex. Yo me he gastado una fortuna en mejoras y en incrementar su valor. Tengo todas las facturas.Todos lo muebles estan pagados por mi.
¿No crees que parte de lo invertido pueda recuperarlo? mis dos hijas estan de acuerdo. Mi hijo no.
Un fondo dinerario que cree a nombre de mi Ex (para degravacion fiscal) con el acuerdo verbal de que en el momento de su recuperacion, lo ingresaria en nuestra cuenta comun.Ella lo ingreso en su cuenta personal.
No respeto el acuerdo verbal y se quedo el dinero.
La casa de la playa a nombre de mi suegra, hice obras de arriba a abajo y nuevo mobiliario (tengo facturas) la heredo mi Ex y mi inversion a los cerdos.
El abogado de mi Ex, me ofrecio un arreglo de 60,000 euros, que yo considere insuficiente. Mi hijo no quiere saber nada y se atiene a la letra del testamento.
Un descepcion tremensa. Das lo mejor de tu trabajo para el bienestar familiar. Financias la carrera universitaria de tu hijo solo para comprobar que la avaricia rompe todo honor y toda honra.
Gracias por tu atencion
22/09/2006 14:37
Pues deberá instar el procedimiento de liquidación elaborando exhaustivamente un inventario de bienes, y justificando el activo y el pasivo de la sociedad. Claro que puede recuperar todo ello, es más, tiene pleno derecho. La casa, aunque figure a nombre de ella, si se compró constante el matrimonio y figura que está casada, es ganancial siempre que expresamente no diga que la adquiere privativamente. Además, tiene derecho al reintegro de las mejores, y lo que pagó de muebles le será reintegrado actualizado (ojo, dependiendo del tipo de muebles, se habrán depreciado con el uso). El fondo dinerario será privativo, si bien las aportaciones gananciales deben reintegrarse, siempre que pueda justificar bancariamente desde dónde se hicieron las aportaciones (cuenta corriente). Lo invertido en la casa de la playa, al estar a nombre de su suegra, es un procedimiento completamente distinto, si fue hecho con dinero ganancial, deberá ser reclamado como cantidad a su suegra como titular de la vivienda. Si la heredó su ex, a los herederos (no se preocupe, existiendo facturas, se puede peritar si las obras producen un incremento en el valor de la vivienda y en qué cuantía). Yo si fuera Vd. lo pondría todo en manos de un abogado, tiene mucho camino andado ya que sus hijas lo apoyan, y si pueden probar todo lo que me dice, el caso es totalmente viable, sólo tienen que ir recabando la documentación, sus hijas como herederas de su madre, pueden ayudarle mucho en esa labor, si bien le aconsejo que una vez hable con su abogado, no dé tres cuartos al pregonero sobre las gestiones que vayan a realizar, pues visto lo que expone, poderoso caballero es Don Dinero que hace que muten afectos y pasiones.
Sobre la cuantía que le ofrecen, francamente, no puedo pronunciarme, pero se puede tasar lo que le corresponda a ver si se ajusta o no a lo que le ofrecen, si se ajusta, mejor el acuerdo, si existe mucha diferencia ... ya sabe qué vía le queda a falta de acuerdo.



25/09/2006 17:07
Mi agradecimiento y cordialidad.