Tengo dos dudas, si se llega a la fecha de juicio, ¿los abogados pueden ponerse de acuerdo aún?. Y la otra és, si me otorgan el uso de la vivienda, ¿no se refiere la ley a la última en la que haya convivido el matrimonio, o es en cualquier vivienda?
Xusa, ya le indiqué como proceder. Si Vd. puso dinero en esa compra, puede recuperarlo pues la titularidad privativa del bien no implica que Vd. no tenga derecho al reintegro de las cantidades que puede acreditar entregadas para dicha adquisición.
Un saludo.
un matiz: no és de la vivienda sino de una de las viviendas que posee y compró con el esfuerzo de los dos en todos estos años, y se inscribió él como único propietario. Y sí, tiene herederos, uno de ellos está conmigo cuidándome y solamente por eso ya no le va a dejar nada el día de mañana.
Uf, Xusa, si están tramitando el divorcio, no hay cargas sino pensión compensatoria. Dependiendo de los ingresos de su esposo, y teniendo en cuenta que Vd. percibe una pensión no contributiva, le darán o no una cantidad en concepto de pensión compensatoria bien temporalizada bien indefinida. Haga cuentas con su abogado porque quizás la propuesta de su esposo no sea tan mala pues le entrega el uso y disfrute de la vivienda y 100 euros. Quizás si lo lleva contencioso, le concedan menos cantidad.
Es un abuso lo que propone. No, no le trae más cuenta cederle la propiedad del piso por la sencilla razón de que el uso y disfrute aunque fuera indefinido no es vitalicio, esto quiere decir que si mañana él percibiera menos ingresos que Vd. y no pudiera pagar una vivienda, podrían devolverle el uso de su propiedad. Piense que la atribución del uso y disfrute de una vivienda propiedad de su esposo no puede ser vitalicia puesto que atentaría contra el derecho de propiedad, derecho amparado constitucionalmente.
Además, su esposo tiene o puede tener en el futuro herederos.
Un saludo.
¿Y las cargas? Me han comentado varias personas que me tiene que dar una cantidad de dinero como compensación, y que quizás le sale mas a cuenta darme la propiedad del piso ya que lo pierde igualmente al cederme su uso, en compensación de las cargas, ya que también necesita obras... etc. ¿Es posible que sea así?
Las pensiones vitalicias no existen ya. Sólo las indefinidas que pueden ser revisadas si existe cambio sustancial de las circunstancias.
Como tiene separación de bienes, la única forma de que recupere algo más, es acreditando documentalmente que Vd. puso dinero para la compra de las propiedades de las que él es titular. Si es así, él deberá devolverle esas cantidades actualizadas según el interés legal del dinero, cantidades que deberá reclamar en un procedimiento ordinario declarativo en el que las reclame con los intereses.
Para este nuevo procedimiento, debe solicitar un nuevo abogado y procurador del turno de oficio pues son procedimientos judiciales diferentes.
Un saludo.
Si se le concede el uso de la vivienda y una pensión mensual vitalicia que se extinga si el fallece, le corresponderá, desde ese momento, una pensión de viudedad, de lo demás, al ser el régimen económico el de separación de bienes, no le correspondería nada.
Tengo 68 años y necesito ir acompañada cuando salgo a la calle porque no visualizo los obstáculos. No me puedo creer que únicamente me den el uso de una vivienda vieja y una pensión mensual, ¿y si él faltara?
Nunca pensé que me encontraría en esta situación, aunque siendo así està totalmente descompensada económicamente. Muchas gracias por leerme.
teniendo en cuenta sus ingresos y la dificultad para incorporarse al mercado laboral tiene muchas posibilidades que, en caso de ir a contencioso, le concedan el uso de la vivienda que actualmente ocupa y una pensión compensatoria probablemente vitalicia, la duración y cuantía dependerá de los años de matrimonio, de su edad y posibilidades de incorporarse al mercado de trabajo, y de sus ingresos.
Hola! quisiera que alguien me pudiera ayudar, dentro de unos días tengo el juicio de divorcio con mi marido y no se lo que va a pasar. Estamos casados en separación de bienes hace 36 años, sin hijos menores, yo tengo una disminución visual del 97% y una pensión no contributiva de 400 euros. Actualmente vivo en la antigua vivienda conyugal que está a nombre de él (tiene otras 3 viviendas adquiridas durante el matrimonio y en todas figura él como único titular), ya que me hizo la vida imposible para que me fuera, y gracias a la asistenta social he salido adelante y buscado un abogado de oficio.
Actualmente estoy con lo puesto, todo és de él, y me ofrece el uso del piso (el antiguo donde estoy ahora) y 100 euros mensuales de pensión. ¿Puede salirse con la suya igual que todos estos años?
No sé si le encontrarán dinero a parte de los alquileres de las viviendas que compró mientras yo cuidaba de su família, ya que ha hecho lo que ha querido sin dar ninguna explicación.
Si todo és suyo ¿me puede echar a la calle si no acepto lo que me ofrece y llegamos a juicio?