Si venden la casa, suponiendo que la casa forme parte enteramente de la sociedad de gananciales, lo legal es que se divida al 50%. Pueden contar una parte para sus hijos si están ambos de acuerdo, pero no es lo normal, porque la casa es de ustedes, no de sus hijos. Ya heredarán cuando les toque, no antes.
A cambio de la custodia, lo que tendrá usted derecho es a cobrar una pensión para sus hijos (en nombre de ellos hasta que sean mayores) para atender conjuntamente a sus gastos, pero en ningún caso a mayor parte de los gananciales, salvo que así lo acuerden amistosamente, por supuesto.
Lo que puede plantearse (usted decide y sabe mejor que nadie lo que le conviene) es vender su patrimonio en Galicia y comprarle su parte de la casa. Otra opción es que puede pedir al juez que se otorgue el uso y disfrute de la casa a sus hijos, con lo que su disfrute sería para usted, si tiene la custodia, mientras ellos fueran menores.
Vivo en Tenerife con mi marido y dos hijos de 13 y 10 años, en vías de divorciarme, viviendo todos en una casa comprada hace 10 años, con una hipoteca que esta 60.000 €.Mi marido quiere vender la casa levantarse la mitad de su valor. Yo quedo con la custodia (él no la quiere) y con la otra mitad de la venta (según mi abogado es así), lo cual no me parece justo, ya que yo me voy con los niños y él se va solo. Hay quien me aconseja que los niños cuentan como parte en la casa, y por lo menos deberían quedar con un tercio. Ambos ganamos como profesores, y yo tengo algo de patrimonio, pero en Galicia. Qué es lo habitual en estos casos, y qué posibilidades tengo de conseguir más parte de la casa? Gracias por vuestra ayuda.