No me queda muy clara tu pregunta. Dame más datos. ¿Te refieres a una pensión fijada en una separación si sigue cuando hay el divorcio? Si las circunstancias siguen igual y el juez decide que la mujer tiene derecho a la pensión compensatoria (y la parte la pide, claro)... Habrá las medidas que se fijen en la sentencia de divorcio.
Es una pension sijada en separación. Vamos a divorciarnos y quiero saber si me tiene q seguir pasando compensacion. Adema tengo otra duda si el muere sus herederos me tienen q seguir pasando la pension compensatoria?
Si en la sentencia de divorcio se fija que él te tiene que seguir pasando la pensión (si las circunstancias son las mismas) por ahora tiene que seguir pasándotela. Pero eso no va a ser de por vida. Si tienes edad para trabajar, o tienes un sueldo más o menos aceptable, de aquí a un tiempo él tiene derecho a solicitar la modificación de medidas y pedir la reducción o extinción de esa pensión. En casa tengo un libro muy bueno sobre este tema. Si quieres el lunes te concreto algo más.
Gracias por tu ayuda,gente como tu hace que los demas nos sintamos mejor¡¡¡ Y sabes si la pension se hereda?Es decir si los herederos de mi ex tendrian obligacion de pasarmela,la verdad no la solicitaria porque no quiero tener contacto con ellos,es porque me han dicho que si y tengo curiosidad
Por supuesto que la pensión compensatoria no se hereda!!!, se extingue con el fallecimiento del causante ;!!faltaría mas!!!......!que barbaridad se le ha ocurrido a usted al pensar en que unos hijos cargen con la compensatoria que pagaba su padre!!.,ya es suficiente que a los hombres no les libren ni muertos de pagar( ej,: pension de viudedad a las exes), para que encima tuvieran que heredar ese cargo los hijos.
Aunque recuerdo un artículo que lei aun mas impactante que el que usted plantea,,,lo titularon "herencia envenenada",era un caso unico en españa donde una mujer tenia que pagar una pension compensatoria a otra mujer,,,,,,pero al seguir leyendo se aclaraba en parte esta insolita historia,,en realidad el difunto no pago la compensatoria (de 500.000 pts) durante a años a la primera mujer,,con lo cual la deuda se habia hecho enorme y al morir y heredarlo todo su patrimonio su segunda esposa tambien heredo esta deuda si queria aceptar la herencia,,lo malo es que la deuda era tan grande que dejaba en la calle a la segunda esposa y sus tres hijos menores y la primera se lo llevaba practicamente todo.
Muchas gracias Amalia¡¡¡¡¡¡ Yo me entere de esto por una consulta q realice a un abogado que trabaja por internet, la verdad me sorprendio,incluso el me comento que para evitar esto se tendria que poner una clausula en el contrato de separacion que lo especificara.GRACIAS
Entre las causas de extinción de la pensión compensatoria regulada en el artículo 97 del Código Civil NO SE ENCUENTRA la del fallecimiento del obligado al pago.
Es más, el art. 101 de nuestro Código Civil establece en este sentido que: "El derecho a la pensión se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra personal.
El derecho ala pensión no se extingue por el solo hecho de la muerte del deudor, No obstante, LOS HEREDEROS de éste podrán solicitar del juez la reducción o supresión de aquélla si el caudal hereditario no pudiera satisfacer las necesidades de la deuda o afectara a los derechos en la legítima".
Así pues, siento no poder estar de acuerdo con la opinión que sin ninguna base legal ha efectuado la forera AMALIA y que, obviamente, resulta errada o incorrecta.
Mugica, tu crees que sí? pues ya te vale...
Cualquier que sepa de Derecho, con lo cual está claro que tu no sabes, sabe perfectamente que no se hereda.
Menos "suponitis" y más contestar a lo que realmente se sepa, sólo hacéis que liarla con este tipo de intervenciones.
lo que ha manifestado mi compañero Alegato es del todo correcto, y tiene su base o fundamento juridico , querido amigo Callarsus, en el articulo 101 del codigo civil.
un saludo