buenas tardes , expongo mi caso , mi padre fallecio hace dos años y dejo en testamento a mi madre y a nosotros (10 hermanos ) herederos , tenian una vivienda en miranda de ebro a la venta , el caso es que se ha vendido y no tenemos muy claro como hacerlo , pertenece el 55%a mi madre y el resto a nosotros , el caso es que mi madre vive en extremadura al igual que una de las hermanas y otro hermano en lugo , yo tengo un poder de ellos tres y estoy pensando hacer otropoder del resto para facilitar los tramites de la venta , pero como me afecta esto a mi cara a hacienda ?( el piso se ha vendido por mucho menos del valor en herencia , como consecuencia de la crisis )
si actúas en nombre de otro mediante un poder, de lo que tú hagas responde el otro
el hecho de que tú seas quien actúa de firmante, ante hacienda sólo te afecta en la parte en la que actúas en propio nombre, en tu parte
y por haber vendido en menos dinero, si es verdad y no es mucho menos, no pasa nada
buenos dias , nuestro problema es que al ser 10 hermanos y todos incluida mi madre somos herederos de la vivienda en venta , queremos darle la totalidad a nuestra madre , pero sin que nos afecte de cara a hacienda ( la cantidad es de 25000€ y algo tengo oido de que se puede hacer como donacion ) pero no lo tenemos claro
lo razonable hubiera sido que los 10 hermanos hubieran renunciado a la herencia, lo que iría en beneficio de los demás herederos (su madre)
no hay problema con hacer la donación, pero la repercusión fiscal depende de la cuantía
si 25.000 es el valor total de la casa, a cada hijo le corresponderían 1.125 ... y me cuesta creer que un particular haya de justificar qué hizo con 1.125 euros, si los gastó en copas o se los donó a su madre
si 25.000 es la parte de cada hijo, lo que supondría que el valor de venta de la casa es de 555.555 euros, ¿no cree que la cosa merece la consulta de un profesional tributario?
gracias , son 25000€ por la venta del piso
la duda que tenemos es si mi madre con esos ingresos que va a percibir ( mas menos 14750) como ha de declararlos o si tiene que hacerlo , hace años que ellos por sus ingresos no hacian declaracion
empecemos por decir que en su día, en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento de tiu padre, deberíais haber liquidado los impuestos por la herencia
a partir de ahí, existe un valor declarado que habéis asignado a esa vivienda
lo que tu madre tendría que declarar en renta es por la diferencia entre el valor de venta y el valor declarado en herencia, es decir, por el incremento patrimonial
si no habéis hecho declaración de impuesto de sucesiones, hacedla ahora, asignando a la vivienda un valor de 25.000 euros. No sé si, no habiendo presentado liquidación en plazo, habéis perdido derecho a deducciones, ya que presentándola en su día habríais estado exentos de pago. En el peor de los casos, el impuesto será muy poco, aunque conlleve una pequeña sanción.
Has de tener claro que el valor de lo heredado queda cubierto por la liquidación del impuesto de sucesiones, y que la venta de ahora sólo tributaría por el beneficio, por la diferencia entre lo cobrado y lo que se declaró como heredado
de nuevo muchas gracias , poco a poco lo voy aclarando , si hicimos en su dia la declaracion de impuesto de sucesiones y se valoro en 51000€ , tambien cambiamos la titularidad de las escrituras a nombre de mi madre y nuestro en las partes que corresponde a cada cual