Somos doce hermanos en desacuerdo a la hora de vender la casa familiar.
Al fallecer nuestra madre pasamos a ser herederos en nuda propiedad del 50 % de la vivienda. El otro 50 % y el 100 % del usufructo pertenecen a nuestro padre aún en vida pero que al ingresar en una residencia quiere vender su vivienda. Necesita la conformidad de sus doce hijos para ello. Pero no lo ha conseguido. Hay tres disidentes.
Se plantea la demanda de división de cosa común como única opción que queda para liquidar el tema (salvo que alguien se le ocurra alguna otra).
La pregunta es: ¿una vez iniciado el proceso y presentada formalmente la demanda podría retirarse ésta antes de la sentencia judicial? Porque podría ocurrir que durante el periodo de espera los tres disidentes se avinieran a razones y aceptaran la venta consensuada.
Gracias