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división de cosa común

1 Comentarios
 
División de cosa común
04/06/2009 18:59
tengo una escritura de protocolización de división de herencia y quiero ejecutarla, en el juzgado que ha hecho la división me dicen que no puedo pedirlo en ese mismo porque sólo er un procedimiento para protocolizar la división y ahora no sé muy bien si puedo meter una ejecución de título o tengo que dividir la cosa común en un procedimiento comoel de división de herencia, ¿puee ayudarme alguien?
07/06/2009 09:37
Cuando reciba una herencia en España hay que pagar un impuesto. Algunas veces este impuesto puede ser una gran cantidad (ya que puede llegar a ser un cuarto del valor de la propiedad y si usted no está directamente relacionado con el fallecido puede llegar a ser el doble) sin embargo hay modos legales en los que puede planificar herencias y no pagar cantidades excesivas.

El Impuesto lo pagan todos aquellos que reciban algo en herencia, ya sea por ser heredero o por haber recibido un legado por parte del fallecido.

Se dice que quienes dejan unas propiedades y un dinero a sus hijos es porque han trabajado mucho y ahorrado.

De hecho, hay algo de verdad en la antigua afirmación de que el impuesto de sucesiones se paga sólo por el mal aconsejado.

Las Fundaciones de Interés Privado Panameñas son un instrumento muy útil en la planificación de herencias y para la protección de activos, como en un Fideicomiso, pero que opera muy similar a una Sociedad Anónima.

Las fundaciones de interés privado se usan cada vez más en la planificación de legados y herencias sin recurrir a ninguna de las diferentes formas de testamentos Por medio de una fundación privada panameña es posible dividir una herencia en forma confidencial y expedita, sin ninguna de las desventajas de los procedimientos sucesorios que, entre otras cosas, toman tiempo, resultan costosos y pueden ser objeto de impugnaciones.

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