el caso es que hemos adquiridos unos productos importándolos de China, los productos son originales y esta todo en orden, con sus aduanas y demás.
El caso es que hay una empresa que dice que esos productos no podemos venderlos en España sin su consentimiento, ya que no se los hemos adquirido a ellos, y que lo quitemos de nuestro catalogo al tener ellos la distribución exclusiva para España.
Habría que analizar el caso concreto con más detalle, pero a grandes rasgos:
- Si los productos se han adquirido dentro de la UE a un distribuidor autorizado si que es posible comercializarlos.
- Si los productos se han importado de fuera de la UE, en principio, es necesaria una autorización del titular de la marca para la comercialización de los productos.