Hemos heredado una parcela y en la escritura aparece dos medidas distintas, me explico, parece la medida de 7 hectáreas y en el mismo párrafo de la escritura aparece que la finca tiene mas de trescientas fanegadas, esto esta escrito por el Notario, en el Catastro aparece la finca 1.920.000 mtrs,el registro se opone a inscribirla por el exceso de cabida, se hizo una nueva escritura con los mtrs que nos da el catastro, hemos presentado un levantamiento topográfico y da exactamente esa cantidad, la hemos presentado de nuevo y el registrador dice que no la inscribe por que son muchos metros, además nos dice que invadimos un barranco que es de dominio publico, y hay que deslindarse con el gobierno que nos cabra un pastizal, sin embargo hay dos parcelas en la misma zona que invaden en el mismo barranco y estan inscritas desde el mes pasado y no han pedido ningun deslinde. Llevamos intentando recuperar esta finca hace mas de 30 años no se que hacer ya, el dia 20 de este mes tengo una cita con el registrador pero no se que hacer a estas alturas Gracias
Aunque provenga de una herencia no es un tema de herencias. Muévalo a urbanismo o derecho administrativo general, allí tiene más posibilidades de que algún compañero le ayude.
Quizás mejor civil y registral. Yo trabajé en Canarias con esas medidas: cuartillo, celemín, fanegada (en la península había fanegas). Una fanegada es algo más del 60% de una hectárea, por lo que la cabida de la parcela está correctamente expresada (300 fanegadas y 1.920.000 metros cuadrados), pero ni remotamente son 7 hectáreas, sino que serían unas 190 . Sea como fuere, durante estos 30 años pobrablemente el barranco ha sido declarado bien demanial y tiene razón el registrador en cuanto al deslinde. Por lo tanto, lo que hay que hacer en esa reunión con el legislador es muy sencillo: lo que él diga que se necesita para inscribir. No es una información que facilite el comunicante en su entrada (si está registrado o hay que inmatricular), pero si el registrador pide deslindar con la Administración no cabe más remedio que hacerlo; y si señala que hay exceso de cabida, hay que consigar toda la que esté dispuesto a inscribir.
gracias por las respuestas entendido, seguiremos intentándolo pero la registradora no me da mucha confianza y me temo que pagar al estado para el deslinde y que luego aparezca otra cosa es lo que me asusta
No tiene que pagar nada: puede hacer una acción judicial de deslinde que le costará únicamente el gasto procesal, y si lo pide mediante escrito puede que le salga bien de precio. Si la registradora le ha dicho que necesita eso, no lo dude. Pregúntele cuántos metros metos le va a registrar y propóngale un mapa de cómo quedaría la finca, con los linderos actualizados. Es un poco laborioso y les costará dinero, pero tampoco se trata de un solar y llevan ustedes décadas sin dar salida al asunto.