No hay plazo para aceptar ni rechazar la herencia. En este caso no deja usted muy claro si los hijos son ya los propietarios (y la madre era usufructuaria) o el piso es una herencia pendiente de aceptar. Jamás se puede obligar a vender a nadie, porque la venta es un acto voluntario. Lo que pueden hacer los copropietarios es la llamada disolución judicial de condominio: o se arreglan sobre quién se queda con qué parte a cambio de un precio, o el piso va a subasta y se reparta entre tres lo que se obtenga. Los gastos a que se refiere depende, como se le dice, de que el piso ya pertenezca a los hijos o que esté todavía en la masa hereditaria.
Ante todo buenos días
El día 26 falleció mi suegra tiene tres hijos entre los cuales no existe trato además uno vive en Argentina.
Su hija mayor cuido de la difunta sin dejarla ver al resto de los hijos durante cuatro años . Fue sacándole todo el dinero del banco a través del cajero (unos sesenta mil euros )
Existe un documento por el cual un piso es de los tres hijos y susfrutaria la madre
Mi pregunta es se puede obligar a vender el piso si una hija no quiere
Y mientras no se venda quién corre con los gastos luz comunidad etc
Ya que dicha hija está haciendo uso y disfrute de dicho piso pues es la única que tiene llaves
Que gastos y impuestos llevaría todo esto (merece la pena )
Y por último que plazo hay para renunciar a todo
Muchas gracias por vuestras respuestas un saludo