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Disposiciones administrativas generales

5 Comentarios
 
Disposiciones administrativas generales
03/03/2015 22:53
Dice el art. 107.3 de Ley 30/92:

"Contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa."

Qué son las disposiciones generales? Por qué no cabe contra ellas recurso en vía administrativa?

Muchísimas gracias!
04/03/2015 12:51
La ley no dice "disposiciones generales" sino "disposiciones administrativas de carácter general", es decir, leyes, órdenes, reglamentos, circulares.
No se puede acudir a la vía administrativa (sí a la contenciosa) para impugnar una ley, por ejemplo. Sí se puede acudir a la vía contenciosa para impugnar una norma administrativa de carácter particular, como el reglamento de funcionamiento de una sección del ayuntamiento.
05/03/2015 11:43
Muchísimas gracias, comprendido. Preparo oposiciones para Administradores Civiles del Estado.

De nuevo, gracias.
05/03/2015 13:09
Si quieres un consejillo, a la hora de cantar de los temas, te traslado lo que aprendi de mi profe de Derecho Administrativo, alla por tercero de carrera:
Las leyes no "dicen", queda mucho mejor "el art.... establece que", "segun lo dispuesto en el art...."
05/03/2015 15:40
Eso es, aunque a veces una ya se nubla con tantos frentes que hay en la oposición.

Gracias por todo :)
06/03/2015 21:31
Por matizar un poco, las circulares no son disposiciones administrativas de carácter general.