Según entiendo la figura del Urbanizador se crea con la filosofía de poder liberar suelo en caso de que los propietarios de los mismos no lo hagan ( por no tener iniciativa ) .
Ahora bien , una vez aprobado un Plan de Actuación Urbanistica , si alguno de los propietarios de los terranos no se adhiere al mismo por considerar abuso de posición ( del Urbanizador ) ¿ en que situación se encontraría este propietario ? ¿Seria expropiado por el propio Ayuntamiento ? o ¿ Podría ejecutarse el Plan sin expropiación ?.-
GRACIAS .-
Despues de la aprobación del PAU viene la aprobación de un plan parcial y la constitución de la Junta de Compensación, que es el momento de adherirse o no. La propuesta de un agente urbanizador es publicada y cualquier propietario puede hacer una propuesta y tener prioridad sobre el AU