No entiendo que el dinero pueda quedar en usufructo por cuanto desde el momento en que hagan el reparto ya nada tendrá la usufructuaria de la parte que no era suya.
No me queda claro totalmente, en el testamento, ¿la cónyuge supérstite es acreedora del usufructo sobre la totalidad de la herencia o sólo sobre el tercio legal?
Para el caso de que lo fuere sólo respecto del tercio legal, sería interesante que procedieran a la aceptación y división del caudal hereditario, para ver sobre qué bienes se va a gravar el usufructo viudal.
El usufructuario tiene derecho a percibir los frutos civiles (los intereses que generen esas cantidades de dineo) desde que comience el usufructo.
En todo caso, por estricta definición, el dinero no sería susceptible de usufructo; sí de cuasiusufructo, también llamado impropio o irregular, ya que el dinero es un bien que no puede utilizarse sin consumirlo, por lo que si la usufructuaria dispusiera de las cantidades de dinero, como si de propietaria se tratare, vendría obligada a restituir el importe a la conclusión del usufructo.
Pero para saber sobre qué bienes exactamente le corresponde a la viuda ese usufructo, insisto, es muy recomendable la aceptación y división de la herencia, amén de evitar otros problemas que pudieran derivarse de la titularidad excata de los bienes heredados.
Alguien me puede decir que pasa con el dinero que hay en los bancos cuando en el testamento se deja como herederos (de su 50%, pues los bienes estaban como gananciales) a los hijos y como usufructuaria al otro cónyuge. Puede el usufructuario gastar ese dinero o sólo le corresponde las rentas que genere ese dinero. Y si se paga el impuesto de sucesiones sin haber hecho aceptacion de herencia ante notario ni el reparto de bienes entre hermanos (del 50% de los bienes parte del fallecido) puede ello traer algún problema o debemos realizarlo cuanto antes para evitar sorpresas. Gracias