Lo que se decide plantear no es más que lo que NO se ha realizado en añooosss, el que el "LOCAL GARAJE" pague su cuota mensual con arreglo al artículo 10 de los Estatutos de mi comunidad que dice textualmente:
Los gastos de conservaciòn y reparaciòn tanto ordinarios como extraordianrios de los elementos y servicios comunes como asimismo, los gastos que hubieren como consecuencia de la contrataciòn de porteros, limpiadoras etc., seran satisfechos en "iguales partes por los titulares de las viviendas y locales que integran el inmueble, ya que se acuerda unànimamente que cada vivienda y local tiene derecho a un voto".
El "LOCAL GARAJE", en (teoría) no ha pagado su cuota fija mensual ordinaria ni las "extraordinarias" como el resto de las viviendas y locales comerciales a razón del cómputo que se estableció y que actualmente es de 50€.
Hay que dejar claro y así lo vienen diciendo algunos propietarios que en su día se acordó que los locales Comerciales pagaran menos cantidad que las viviendas y así lo hacen, pero el LOCAL GARAJE no ha pagado nada en añooss, bueno sí, supuestamente en el año 2002 pagó 60€ para una derrama especial (pero lo pongo en duda porque no hay justificante del mismo, ya que la Entidad Bancaria dice no guardar en sus archivos extractos bancarios pasados más de 5 años y esa fecha es superior.
Conste que tampoco consta en ACTA que eso sea así, ya que como he dicho varias veces, el 1º Libro de Actas se "extravió misteriosamente".
Reclamo para bien de la Comunidad el que el "LOCAL GARAJE PAGUE A LA COMUNIDAD LOS 50€ DE CUOTA FIJA MENSUAL QUE NÚNCA HA PAGADO Y LA DERRAMA DE 973,28€ (POR LOS DOS (2) ASCENSORES QUE LLEGAN AL GARAJE) Y QUE NO TIENEN INTENCIÓN DE PAGAR".
También reclamo al "LOCAL GARAJE" que deje de "USAR EL C.I.F. DE LA COMUNIDAD EN BENEFICIO DEL GARAJE UTILIZANDOLO CON UN SEGURO MULTIRRIESGO PYME CUANDO EL GARAJE NO ES UNA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA; A NO SER QUE LOS PROPIETARIOS DE PLAZAS DE GARAJE LAS UTILICEN PARA AQUILERES, LOS INQUILINOS PAGUEN SUS ARRENDAMIENTOS Y ÉSTOS y los PROPIETARIOS DECLAREN DICHOS INGRESOS cosa que, por otro lado DUDO LO HAGAN".
"Y espero que, por el bien general de la Comunidad (viviendas y locales comerciales) el Local Garaje "pague lo que tiene que pagar", porque como bien dijo la Presidenta de mi comunidad en el año 2002, (yo no vivía aún en esta comunidad), y lo que expongo es copia literal y está reflejado en el Acta de la Reunión extraordinaria de 4 de octubre de 2002, en el Apartado que hace referencia, y cito palabras textuales del escrito:
En el periodo comprendido entre el 1º de Junio hasta el día de HOY, la Junta Directiva de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO "¿¿¿¿¿" ha realizado las siguientes gestiones: ...Se ha solicitado al GARAJE una mayor atención al mantenimiento de las instalaciones técnicas de los sistemas contra incendios. No hay que olvidar que los propietarios de las viviendas y sus familias duermen encima del garaje (volcán)."
Que cada uno saque sus conclusiones... pero a mí personalmente eso que dice la presidenta en el año 2002 sobre el garaje que es un (volcán) me tiene más que mosqueado... Mosqueadísimo diría yo. Saludos y gracias.
Se entregaron las "papeletas" a quienes tenían "derecho de voto"...
votaron "uno a uno " conforme se le llamó para votar...
A la hora del recuento, pedí la presencia de l@ propietari@s que habían pedido mi "dimisión o supuesta renovarción de cargo" para que fueran testigos de que no había ni "trampa ni cartón" en el recuento de votos y presenciaron como, de los 33 con derecho a voto, 18 votaron a favor, 15 en "BLANCO" y ninguna absgtención o voto nulo...
Aun así, alguno no estaba conforme, quería que se repitiese la votación porque entendía que la votación estaba muy ajustada y no había salido lo que él pretendía.
Soy el Presidente por 18 votos a fabor, 15 en blanco, osease, por mayoría absoluta, les guste o no les guste.
Sabes, josembaigorri, prefiero volver a hacer la votación y así me qu¡to de problemas; dimito previamente no sin antes leer algo y luego, en la siguiente votación me presento de nuevo. Si salgo elegido... pues a seguir con lo que debo; si no salgo... pues no pasa nada... dejaremos tiempo al tiempo a ver quien hace lo que debe y si no, pues voto de censura y a la calle con él...o con ella, nunca se sabe... de los 78 propietarios solo necesito el 25%, es decir 19,5 propietarios, pero como ese 0,5 es dificil de conseguirlo así, lo buscaré enterit@... jejeje
Y seguro que esos 20 propietarios los tengo sobre la marcha...
ya te contaré...
Ya han pasado mas de 3 meses, pero como éstos no se enteran de como va la L.P.H., por más que les digas que no es así, no cambian.
Han tenido desde el 23 de Junio hasta el 5 de Octubre para impugnar El Acta pero ni en eso se han preocupado.
Estas personas, cuando les tocan el bolsillo o no se hace lo que ellos quieren... es cuando reclaman y quieren un nuevo presidente; piensan que si sale otro que no les toque el bolsillo no les va a pasar nada y no saben que salga quien salga, el bolsillo lo van a tener que tocar con menos euros o con más, todo depende de cómo se hagan las cosas, si a las buenas o a las malas.
Hola camarlengo.
En este nuevo post, dejas más claro el asunto de la lección del presidente, si como indicas en la reunión Extraordinaria convocada para que el presidente actual dejara el cargo, fue votado en la Junta de propietarios que el secretario también ejerciera el cargo de presidente.
Ofreciendo a los presentes la posibilidad de que se presentasen al cargo, este nombramiento es legal, por lo tanto este presidente puede ejercer el cargo durante un año.
En tus post, no se aprecia si en la convocatoria puede haber algún defecto de forma, si ya se indicaba el cambio de presidente en el Orden del Día, en cualquier caso si hasta la fecha nadie ha impugnado el acuerdo.
Paso a contestarte y decirte en qué forma y en qué circunstancias se hizo dicha elección:
El pressidente tiene que dejar el cargo por motivos personales que le hacen irrevocable desempeñar el cargo. Consulta con la Junta Directiva y en Junta General Extraordinaria lee su escrito de renuncia que es el que viene ahora:
Como todos saben y si no, para eso está el Sr. Secretario, para darles conocimiento de ello, la Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 13, punto 5 dice que: Las funciones del Secretario y del Administrador serán ejercidas por el Presidente de la comunidad, salvo que los estatutos, o la Junta de propietarios por acuerdo mayoritario, dispongan la provisión de dichos cargos separadamente de la presidencia.
En este caso en concreto, y después de haberlo consultado con todos los miembros de la Junta Directiva que somos 7, se ha decidido por mayoría que el Sr. Secretario asuma el cargo de Presidente y yo pase a ser un vocal más.
El Sr. Secretario no puso inconveniente alguno en aceptar dicha propuesta y toda la junta directiva convino que es la persona indicada y adecuada para desempeñar ambos cargos porque tiene capacidad, tiempo, don de gentes y carisma para llevar y desempeñar ambos cargos con el respeto, educación, comprensión y responsabilidad que nos viene demostrando a todos los comuneros de esta comunidad; y más desde el pasado 10 de mayo donde presidió la Asamblea Extraordinaria que se convocó con la aprobación de l@s Propietari@s que lo abalaron y le dieron un voto de confianza para realizarla.
Al término de la lectura por el Sr. Presidente de su escrito, el Sr. Secretario pregunta a los asistentes si alguien está en contra de que el Secretario asuma la presidencia de la comunidad (se produce un silencio, nadie dice nada ni hay comentarios de pasillo ), el Sr. Secretario pregunta en voz alta a tod@s l@s asistentes: "¿Alguien de los presentes quiere ser PRESIDENTE/A?" (se produce de nuevo un silencio, nadie dice nada ni hay comentarios de pasillo) y no habiendo contestación alguna en contra, se aprueba por mayoría que, a partir de ese momento los cargos de Presidente y Secretario recaen en la misma persona, es decir, en el Propietario de la vivienda nº 69.
Hay que decir que a la Asamblea extraordinaria del 23 de junio asistieron 29 de los 78 propietari@s.
Si nos fijamos en la L.P.H., en el artículo Artículo 13, punto 2 dice textualmente: El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo.
7. Salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año.
Los designados "podrán ser removidos de su cargo antes de la expiración del mandato por acuerdo de la Junta de propietarios, convocada en sesión extraordinaria", (La sesión era extraordinaria, a lo que deduzco que la elección de presidente asumida por el secretario era correcta, no hubo "malicia ni mala intención y "NO PROCEDE" que ciertos propietari@s alegasen que "ENTENDIERON QUE EL CARGO ERA PROVISIONAL" cuando en realidad no se dijo ni se hizo como "ELL@S DIJERON EL DIA 5 DE OCTUBRE".-------------
También dice el Artículo 14:Corresponde a la Junta de propietarios:
a) Nombrar y remover a las personas que ejerzan los cargos mencionados en el artículo anterior y resolver las reclamaciones que los titulares de los pisos o locales formulen contra la actuación de aquéllos.--------------
Amparandonos en dichos artículos se dijo a los presentes, si alguien quería desempeñar el cargo de Presidente/a y "NADIE, ABSOLUTAMENTE NADIE DIJO NADA, HUBO UN SILENCIO POR RESPUESTA" por lo que se entendió que tod@s l@s presentes estaban "CONFORMES DE QUE EL SECRETARIO FUERA TAMBIÉN EL PRESIDENTE".
Se puso en Acta, se pasó el Acta a tod@s l@s propietari@s y desde Junio a Octubre hay más de 30 DIAS y "NADIE DE LOS PRESENTES NI DE LOS AUSENTES IMPUGNÓ EL ACTA EN TODO ESE TIEMPO" y de eso doy fé porque lo puedo demostrar.
En mi comunidad llevan 37 años haciendo y desaciendo como han querido y, menos gastarse un "duro/euro" en impugnaciones ante Notario o en Juzgado en su propio beneficio han preferido "callarse y no decir nada"; pero cuando les tocas el bolsillo con todas las de la Ley (y núnca mejor dicho) es cuando sacan a relucir eso que dice... "DONDE DI POR BUENO ALGO BUENO, AHORA DIGO QUE CREÍ ENTENDER LO QUE NO ESCUCHÉ DECIR" (no se si me explico)...
A mi entender el cargo de Presidente asumido por el Secretario era "CORRECTO"...
En mi opinión este Art. no ampara el nombramiento de presidente de la comunidad, este Art. viene a indicar que se pueden acumular los cargos de secretario y administrador al de presidente, si no indica lo contrario el Título o los Estatutos. Pero no al contrario.
Se tenía que haber aprovechado la Junta de propietarios que se convoco para aceptar la renuncia del presidente para hacer un nuevo nombramiento a presidente entre los propietarios y además este nombramiento seria por un periodo de un año.
Se tiene que convocar una reunión Extraordinaria para nombrar nuevo presidente con todas las garantías legales.
Dimisión forzada del presidente a petición de propietarios
El pasado 23 de junio de 2011 el presidente de mi comunidad presentó su renuncia al cargo por problemas personales; se le admitió por los presentes y el cargo lo aceptó voluntariamente el secretario amparandose en el artículo 13, punto 5º donde dice textualmente: Las funciones del Secretario y del Administrador serán ejercidas por el Presidente de la comunidad, salvo que los estatutos, o la Junta de propietarios por acuerdo mayoritario, dispongan la provisión de dichos cargos separadamente de la presidencia.
Yo acepté el cargo de Presidente basandome en este punto, pero a consecuencia de que hemos tocado unos temas dentro de la comunidad que "perjudican los bolsillos de algun@s propietari@s, ahora son ést@s propietari@s los que "piden o alegan" que "entendieron que el cargo de Presidente y Secretario en la misma persona era provisional hasta la elección de un nuevo presidente en junta general extraordinaria al efecto", piden que dimita o se haga nueva votación al cargo de presidente y así dar opción a que se presenten otros candidatos.
Como caso anecdótico hay que decir que, algunas de las personas que estaban en dicha Junta General Extraordinaria no opusieron inconveniente en que el Secretario asumiera el cargo de Presidente a la vez, es más, hasta felicitaron al Secretario por asumir ese cargo, pero... pero... pero cuando tocas temas que perjudican su bolsillo... "DONDE DIJE... YA NO DIJE".
¿Tengo que dimitir de mi cargo de Presidente-Secretario porque me lo pidan una "minoría" de los propietarios que no están conformes con mi gestión?
Si me niego a dimitir... que?
Espero sugerencias y consejos que, como siempre digo, son bien recibidos.